SAP Cantabria 74/2007, 31 de Enero de 2007

PonenteBRUNO ARIAS BERRIOATEGORTUA
ECLIES:APS:2007:60
Número de Recurso135/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución74/2007
Fecha de Resolución31 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

aduciendo en primer lugar que los defectos a cuya indemniz

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

SANTANDER

SENTENCIA: 00074/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NÚM. 135/06

Sección Segunda

S E N T E N C I A NÚM. 74/07

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Miguel Carlos Fernández Díez

Iltmos. Sres. Magistrados:

Don Bruno Arias Berrioategortua

Doña Milagros Martínez Rionda

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En la Ciudad de Santander a treinta y uno de enero de dos mil siete.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Ordinario número 492 de 2004, Rollo de Sala número 135 de 2006, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número uno de los de Santoña, seguidos entre partes, de una como demandante-reconvenida Dª Lucía, representada por la Procuradora Dª Beatriz García Unzueta y dirigida por la Letrada Dª Yolanda Cedrún Mendiondo y, de otra, como demandada-reconviniente Dª Gabriela.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante Dª Gabriela, representada por la Procuradora Dª Teresa López Neira y dirigida por la Letrada Dª Isidora Bravo Barata; y parte apelada Dª Lucía.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado D. Bruno Arias Berrioategortua.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de los de Santoña y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 22 de noviembre de 2005, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Se estima la demanda presentada por la procuradora Beatriz García Unzueta en nombre y representación de Lucía frente a Gabriela y se le condena al pago a la actora en la cantidad de 3.369,60 euros más los intereses legales desde el 19 de noviembre de 2004.- Se desestima la reconvención presentada por Gabriela frente a Lucía.- Se imponen las costas de la demanda principal y la reconvención a Gabriela ".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia la representación procesal de Dª Gabriela interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y una vez finalizado se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se tramitó el correspondiente rollo de sala y se señaló para la deliberación y fallo del recurso el día treinta del corriente mes, quedando pendiente de resolver.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados con anterioridad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte demandada y condenada se alza contra la sentencia aduciendo en primer lugar que los defectos a cuya indemnización se le obliga, no le son achacables o al menos no le son enteramente achacables.

El motivo no se comparte ya que el daño en la tarima se debe a la deficiente ejecución de los trabajos y su reparación exige la total sustitución de la misma. Contra lo que la parte recurrente sostiene resulta que, por obligar los contratos no sólo a lo expresamente pactado sino a...

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