SAP Pontevedra 606/2006, 24 de Noviembre de 2006

PonenteJULIO CESAR PICATOSTE BOBILLO
ECLIES:APPO:2006:3244
Número de Recurso5286/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución606/2006
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00606/2006

LA SECCION SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA CON SEDE EN VIGO,

compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados DON JAIME CARRERA IBARZÁBAL, DON JULIO PICATOSTE BOBILLO y DONA MAGDALENA FERNÁNDEZ SOTO han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

S E N T E N C I A Nº606

En Vigo, a veinticuatro de noviembre de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, los autos de Juicio Verbal núm. 1171/04, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Vigo, a los que ha correspondido el Rollo de apelación nº 5286/05-CH, en los que aparece como parte Apelante-Demandada la entidad GALCARGO S.A representado por el Procurador D. ALBERTO VIDAL RUIBAL y asistido por el letrado D. JAVIER LOIS BASTIDA, y como Apelado- Demandado-Impugnante la entidad TRANSPORTES MOLINERO S.L representado por el Procurador D. JOSÉ RAMÓN CURBERA FERNÁNDEZ y asistido del letrado D. YOLANDA PÉREZ VIDAL; siendo el Magistrado ponente el Ilmo. Sr. DON JULIO PICATOSTE BOBILLO quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Número 7 de Vigo con fecha 27 de mayo de 2005 se dictó Sentencia cuyo Fallo textualmente dice:

"Que acogiendo la excepción de prescripción, debo desestimar la demanda promovida por Dña. Montserrat Pérez De Miguel en nombre y representación de la entidad Transportes Molinero SL, frente a la mercantil Transportes Galcargo SA, absolviendo a la demandada en la instancia y sin hacer pronunciamiento sobre las costas causadas."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por el Procurador D. Alberto Vidal Rubial en representación de la entidad GALCARGO S.A se preparó y formalizó recurso de apelación, que fue admitido a trámite, y conferido el oportuno traslado, se formalizó oposición al mismo por la parte contraria, impugnando a su vez la sentencia recaída. Y, una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las actuaciones a la Audiencia Provincial, correspondiendo por turno de reparto a esta Sala, y personadas las partes en esta segunda instancia, se señaló fecha para la deliberación del presente recurso, que tuvo lugar el pasado día 23/11/06.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actora - Transportes Molinero S.A.- reclama de Transportes Galcargo S.A., la cantidad de 1.484,39 euros, correspondientes a los portes de mercancía trasladada a los destinos Barcelona, Manresa, Rubi. Aunque la factura lo fue por importe algo superior, al haberse descontado una factura por importe de 87 euros que la demandada presentó a la actora por unos palets que no le habían sido devueltos. A consecuencia de ello, la demandada emitió un pagaré por el importe que ahora se reclama.

Conviene advertir que de los dos motivos de oposición al pago que la demandada anunció al ser requerida de pago en el juicio monitorio, solo se ha mantenido en el acto del juicio verbal el de la prescripción, única excepción aducida; se abandonó la que en aquella ocasión se esgrimió reprochando a la documentación presentada la falta de los requisitos exigidos por la legislación vigente.

Frente a la reclamación actora, la sociedad demandada alega la prescripción del art. 951 del Código de Comercio, que prevé el plazo de seis meses de prescripción para el cobro de los portes, plazo que habría transcurrido desde la fecha de la entrega de la mercancía, abril de 2003, hasta la presentación de la demanda el 19 de octubre de 2004.

La actora alega en contra de la prescripción, primero que el transporte es internacional -la mercancía viajaba procedente de Francia- por lo que el plazo de prescripción sería de un año según el Convenio de 19 de mayo de 1956 relativo al Transporte Internacional de Mercancías por Carretera; en segundo lugar, alega también la interrupción de...

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