SAP Huesca 216/2007, 8 de Octubre de 2007

PonenteGONZALO GUTIERREZ CELMA
ECLIES:APHU:2007:429
Número de Recurso176/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución216/2007
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

HUESCA

SENTENCIA: 00216/2007

Apelación Civil 176/2007 S081007.5G

Sentencia Apelación Civil Número 216

PRESIDENTE *

D. SANTIAGO SERENA PUIG *

MAGISTRADOS *

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA *

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO *

*

En Huesca, a ocho de octubre de dos mil siete.

En nombre del Rey, la Audiencia provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de formación de inventario nº 113/2006 seguidos ante el juzgado de primera instancia Dos de Boltaña, promovidos por Jose María, dirigido por el Letrado don Javier Valverde Lacambra, contra Maribel, como demandada, defendida por el Letrado Sr. Muro Durán. Se hallan los autos pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 176 del año 2007, e interpuesto por la demandada, Maribel. Es ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la sentencia impugnada.

SEGUNDO

El indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 8 de marzo de 2007, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Que debo declarar y declaro la estimación parcial de la oposición vertida por el procurador Sr. Recreo en representación de Dña. Maribel a la propuesta de inventario de la sociedad de gananciales presentada por la procuradora Sra. Bernues en representación de D. Jose María, debiéndose de incluir en el activo del inventario: un comedor, un ordenador y un equipo de música y todo ello sin condena en costas. Una vez firme la presente resolución, cítese a las partes a la vista prescrita en el artículo 810 de LEC para el nombramiento de contador-partidor, y en su caso perito/s, quien procederá al avalúo y liquidación del patrimonio ganacial."

TERCERO

Contra la anterior sentencia, la demandada, Maribel, dedujo recurso de apelación. El juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la apelante por veinte días para que lo interpusiera, lo cual efectuó en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitó la declaración de nulidad de actuaciones con retroacción de las actuaciones al trámite del artículo 809 de la Ley procesal y, subsidiariamente, la inclusión de determinados bienes en el activo consorcial. A continuación, el juzgado dio traslado al demandante, Jose María, para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable. En esa fase, el apelado formuló en tiempo y forma escrito de oposición. Seguidamente, el juzgado emplazó a las partes por término de treinta días ante este Audiencia y seguidamente se remitieron los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 176/2007. No habiéndose personado las partes ante esta Audiencia ni propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó que el recurso quedara pendiente de deliberación, votación y fallo, lo que tuvo lugar en el pasado día cuatro. En la tramitación de esta segunda instancia no ha sido posible observar los plazos procesales por la atención prestada a los otros asuntos pendientes ante este tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Sostiene la recurrente que procede la nulidad de lo actuado, con retroacción de las actuaciones al trámite del artículo 809 y, subsidiariamente, que procede incluir en el activo del inventario determinadas partidas.

La petición de nulidad de actuaciones no puede prosperar en modo alguno. La misma parte se opuso a ella en primera instancia y no puede ahora ir contra sus propios actos. Además, no concurre ninguna causa de nulidad. Las partes y el Juzgado, en el acto del juicio, confundieron terminológicamente nulidad y preclusión procesal. Por eso el Juzgado, pese a decir que estimaba la nulidad de actuaciones solicitada por el demandante no ordenó la retroacción de las actuaciones pues, tal y como resulta de la grabación del acto del juicio, lo que quería decir con ello el Juzgado es que con el acto de formación de inventario había precluido para la demandada la oportunidad de introducir en el debate la inclusión de nuevas partidas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
10 sentencias
  • SAP Córdoba 219/2018, 21 de Marzo de 2018
    • España
    • 21 Marzo 2018
    ...de variar el objeto del procedimiento una vez realizadas las alegaciones iniciales ( art. 412.1 LEC). Como señala la Sentencia de la AP Huesca de 8 octubre 2007, es precisamente en el acto de formación del inventario, en el trámite del artículo 809, donde las partes deben fijar los términos......
  • SAP Córdoba 359/2016, 29 de Junio de 2016
    • España
    • Audiencia Provincial de Córdoba, seccion 1 (civil)
    • 29 Junio 2016
    ...de variar el objeto del procedimiento una vez realizadas las alegaciones iniciales ( art. 412.1 LEC ). Como señala la Sentencia de la AP Huesca de 8 octubre 2007, es precisamente en el acto de formación del inventario, en el trámite del artículo 809, donde las partes deben fijar los término......
  • SAP Guipúzcoa 1556/2021, 3 de Diciembre de 2021
    • España
    • 3 Diciembre 2021
    ...de variar el objeto del procedimiento una vez realizadas las alegaciones iniciales ( art. 412.1 LEC). Como señala la Sentencia de la AP Huesca de 8 octubre 2007, es precisamente en el acto de formación del inventario, en el trámite del artículo 809, donde las partes deben f‌ijar los término......
  • SAP Córdoba 142/2016, 15 de Marzo de 2016
    • España
    • 15 Marzo 2016
    ...de variar el objeto del procedimiento una vez realizadas las alegaciones iniciales ( art. 412.1 LEC ). Como señala la Sentencia de la AP Huesca de 8 octubre 2007, es precisamente en el acto de formación del inventario, en el trámite del artículo 809, donde las partes deben fijar los término......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR