SAP Cantabria 117/2007, 15 de Febrero de 2007

PonenteIGNACIO JAIME MATEOS ESPESO
ECLIES:APS:2007:272
Número de Recurso514/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución117/2007
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

SANTANDER

SENTENCIA: 00117/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NÚM. 514/06

Sección Segunda

S E N T E N C I A NÚM. 117/07

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Miguel Carlos Fernández Díez

Iltmos. Sres. Magistrados:

Doña Milagros Martínez Rionda

Don Ignacio Mateos Espeso

================================

En la Ciudad de Santander a quince de febrero de dos mil siete.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos sobre modificación de medidas definitivas número 46 de 2006, Rollo de Sala número 514 de 2006, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número nueve de los de Santander, seguidos a instancia de D. Íñigo, contra Dª Carmen.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante Dª Carmen, representada por la Procuradora Dª Paz Campuzano Pérez del Molino y dirigida por el Letrado D. Javier Casanueva Muñoz; y parte apelada D. Íñigo, representado por el Procurador D. José Miguel Ruiz Canales y dirigido por el Letrado D. Vicente González Sáiz.

Es ponente de esta resolución el Sr. Magistrado Suplente D. Ignacio Mateos Espeso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Iltma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número nueve de los de Santander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 6 de abril de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Se suprime la pensión compensatoria.- No procede ocupación por el actor de inmueble alguno.- No procede para el actor anticipo alguno de patrimonio ganancial.- No procede condena en costas".

SEGUNDO

Que notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal del Sr. Íñigo se presentó escrito en el que expuso lo que estimó oportuno y solicitó la subsanación y complemento de dicha resolución por la omisión en el fallo del pronunciamiento relativo a la supresión de la medida de la administración de los bienes gananciales por la Sra. Carmen, conforme al suplico de la demanda.

TERCERO

Que una vez dado traslado de dicha petición a la parte contraria, quien se opuso y por la misma Iltma. Sra. Magistrada-Juez se dictó Auto con fecha 12 de mayo de 2006 conteniendo la siguiente: "PARTE DISPOSITIVA: No ha lugar a la subsanación y complemento de la Sentencia dictada por este Juzgado con fecha 6 de abril de 2006 y que ha sido solicitada por la parte actora, manteniéndose en su integridad la redacción de la resolución".

CUARTO

Contra la Sentencia antes mencionada la representación procesal de la parte demandada interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y una vez finalizado se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se tramitó el correspondiente rollo de sala y se señaló para la deliberación y fallo del recurso el día 14 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR