SAP Murcia 266/2005, 17 de Noviembre de 2005

PonenteCAYETANO RAMON BLASCO RAMON
ECLIES:APMU:2005:2025
Número de Recurso303/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución266/2005
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 266/2.005

Ilmos. Señores:

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Dª CRISTINA PLA NAVARRO

Magistrados

En la Ciudad de Murcia a diecisiete de Noviembre de dos mil cinco.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio ordinario núm. 769/2.004,que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Mula ,entre las partes, como actora y en esta alzada apelante, HERMANOS SÁNCHEZ SABATER S.L., representada por el procurador Sr. Navarro fuentes en esta alzada y defendida por el Letrado Sr. Rodríguez Mederos, y como demandada y en esta alzada apelada, CONSERVAS Y FRUTOS S.A. representada por el procurador Sr. Aledo Monzó en esta alzada y defendida por el Letrado Sr. Martínez-Escribano Gómez. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. CAYETANO BLASCO RAMÓN, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 18 de abril de 2.005, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Fallo: Que estimando la excepción de falta de legitimación activa 'ad causam' de 'Hermanos Sánchez Sabater, S.L.' esgrimida por el Procurador D. José Iborra Ibáñez en nombre y representación de 'Cofrusa, S.A.', bajo la dirección letrada de D. Alberto Martínez-Escribano Gómez, debo declarar y declaro no haber lugar a la demanda interpuesta por el Procurador D. Ángel Cantero Meseguer en nombre y representación de'Hermanos Sánchez Sabater, S.L.', por lo que debo absolver y absuelvo a la demandada 'Cofrusa, S.A.' de todas las pretensiones deducidas de contrario.= Se imponen expresamente las costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora, siéndole admitido y tras los trámites previstos en la L.E. Civil, se remitieron los autos a esta Audiencia formándose el presente Rollo por la Sección Tercera con el núm. 303/2.005, designándose Magistrado Ponente por turno y señalándose deliberación y votación para el día 16 de noviembre de 2.005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega la parte apelante, en síntesis, que la sentencia de instancia ha aplicado indebidamente el derecho. Con carácter previo la mercantil recurrente realiza una exposición del objeto social de la misma, estableciendo que se dedica a realizar la labor de gestión y mediación en todo tipo de operaciones de compraventa, en nombre y por cuenta de terceros, ante personas físicas o jurídicas, nacionales y extranjeras, en relación con los productos de alimentación y sus derivados, afirmando que su labor es la de intermediación entre oferente y demandante de productos alimenticios, de tal forma que puestos en contacto comprador y vendedor y cerrada la operación en las condiciones intermediadas, termina su trabajo, no siendo responsable del buen fin de la operación, considerando acreditado su...

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