SAP Murcia 266/2005, 17 de Noviembre de 2005
Ponente | CAYETANO RAMON BLASCO RAMON |
ECLI | ES:APMU:2005:2025 |
Número de Recurso | 303/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 266/2005 |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª |
SENTENCIA NÚM. 266/2.005
Ilmos. Señores:
D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ
Presidente
D. CAYETANO BLASCO RAMÓN
Dª CRISTINA PLA NAVARRO
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a diecisiete de Noviembre de dos mil cinco.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio ordinario núm. 769/2.004,que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Mula ,entre las partes, como actora y en esta alzada apelante, HERMANOS SÁNCHEZ SABATER S.L., representada por el procurador Sr. Navarro fuentes en esta alzada y defendida por el Letrado Sr. Rodríguez Mederos, y como demandada y en esta alzada apelada, CONSERVAS Y FRUTOS S.A. representada por el procurador Sr. Aledo Monzó en esta alzada y defendida por el Letrado Sr. Martínez-Escribano Gómez. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. CAYETANO BLASCO RAMÓN, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado, con fecha 18 de abril de 2.005, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Fallo: Que estimando la excepción de falta de legitimación activa 'ad causam' de 'Hermanos Sánchez Sabater, S.L.' esgrimida por el Procurador D. José Iborra Ibáñez en nombre y representación de 'Cofrusa, S.A.', bajo la dirección letrada de D. Alberto Martínez-Escribano Gómez, debo declarar y declaro no haber lugar a la demanda interpuesta por el Procurador D. Ángel Cantero Meseguer en nombre y representación de'Hermanos Sánchez Sabater, S.L.', por lo que debo absolver y absuelvo a la demandada 'Cofrusa, S.A.' de todas las pretensiones deducidas de contrario.= Se imponen expresamente las costas a la parte demandante."
Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora, siéndole admitido y tras los trámites previstos en la L.E. Civil, se remitieron los autos a esta Audiencia formándose el presente Rollo por la Sección Tercera con el núm. 303/2.005, designándose Magistrado Ponente por turno y señalándose deliberación y votación para el día 16 de noviembre de 2.005.
Alega la parte apelante, en síntesis, que la sentencia de instancia ha aplicado indebidamente el derecho. Con carácter previo la mercantil recurrente realiza una exposición del objeto social de la misma, estableciendo que se dedica a realizar la labor de gestión y mediación en todo tipo de operaciones de compraventa, en nombre y por cuenta de terceros, ante personas físicas o jurídicas, nacionales y extranjeras, en relación con los productos de alimentación y sus derivados, afirmando que su labor es la de intermediación entre oferente y demandante de productos alimenticios, de tal forma que puestos en contacto comprador y vendedor y cerrada la operación en las condiciones intermediadas, termina su trabajo, no siendo responsable del buen fin de la operación, considerando acreditado su...
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