SAP Cantabria 85/2003, 13 de Febrero de 2003

PonenteMIGUEL FERNANDEZ DIEZ
ECLIES:APS:2003:326
Número de Recurso207/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución85/2003
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

mporta por si unos gastos correspondientes a su transmisión, debiendo incluirse así mismo el valor afección que dicho vehículo tenia para el agraviado conceptos todos ellos que sumados nos dará el valor en uso, y que de forma casi unánime ha sido recogido por la doctrina de las Audiencias cifrándose el mismo en un 20 % del valor en venta que tenia él vehículo en el momento de la producción del accidente.(S.A.P. de Huesca de 11 de enero de 1.994. De Alicante Sección 4ª de 24 de enero de 1.994. De Asturias Sección 5ª de 1 de diciembre de 1.994, entre otras muchas)

SEPTIMO

Que sentada la doctrina anterior quedara finalmente por analizar la ultima de las precisiones a la doctrina general, cuando en los supuestos de reparación, el importe de esta supere notoriamente el valor en uso, pues se señala que la citada desproporción revela que la reparación además de antieconómica hubo de traducirse en un notorio incremento del valor del vehículo con respecto al que le correspondía en su estado anterior derivado con carácter general en la sustitución de piezas antiguas por otras nuevas, debiendo atemperarse en los citados supuestos la indemnización al valor en uso en el momento de la producción del siniestro, con el fin de que la indemnización reparatoria no se traduzca en un enriquecimiento injusto para el perjudicado. Así lo ha entendido la jurisprudencia de las Audiencias Provinciales de entre las que cabe citar las S.A.P de Madrid de 27 de abril de 1.993, de Jaén de 29 de abril de 1.993, de León de 18 de junio de 1.993 de Asturias de 26 de julio de 1.993 de Murcia de 2 de abril y 3 demayo de 1.994.

OCTAVO

En línea con lo hasta aquí expuesto y resumiendo las distintas posiciones existentes en la Jurisprudencia de las Audiencias Provinciales, con relación a los supuestos de reparación del vehículo cuya reparación supere el valorvenal del vehículo, habiéndose este reparado, son dominantes los pronunciamientos favorables al valor de reposición de la que a mero titulo de ejemplo son de citarse las Sentencias 97/14036 AP La Rioja , S 5-12-1997, núm. 572/1997, rec. 646/1996. Pte: S R, A; 97/17077 AP Cantabria, sec. 3ª, S 29-10-1997, rec. 449/1996. Pte: A R, A; con cita de las Sentencias de 25-10-1995, 17-1-1996, 2-10-1996 y 6-11-1996; 97/13600 AP Valencia, sec. 8ª , S 14-10-1997, núm. 916/1997, rec. 823/1996. Pte: P G, M;97/11721 AP Salamanca, S-6-10-1997, núm. 523/1997, rec. 637/1997. Pte: G del P, I; AP Soria Sentencia de 31-7-1996, núm. 112/1996 Rollo de Apelación núm. 159/1996 AC 19961398; A P de Navarra Sección 10ª Sentencia de 1-6-1996, núm. 122/1996. Rollo de Apelación núm. 76/1996 AC 19961193; A P Segovia Sentencia de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Gastos y suplidos
    • España
    • Manual Práctico sobre la Tasación de Costas Procesales (3ª edición)
    • 2 Marzo 2013
    ...citada, que recoge otra de la sección 6ª de 12 de abril de 2003. [76] Ver VARIOS AUTORES, 2003-2004: 31. [77] Ver la Sentencia AP Cantabria, de 13 de febrero de 2003, citada, que considera que, en el caso de una prueba pericial solicitada por una de las partes y ampliada por la contraria, e......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR