SAP Zaragoza 276/2005, 16 de Mayo de 2005

PonenteANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
ECLIES:APZ:2005:1311
Número de Recurso144/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución276/2005
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

D. PEDRO ANTONIO PEREZ GARCIAD. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVERD. JUAN IGNACIO MEDRANO SANCHEZ

SENTENCIA núm. 276/05

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

D. JUAN IGNACIO MEDRANO SÁNCHEZ

En ZARAGOZA, a dieciseis de Mayo de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección 5ª de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO núm. 863-B/2004, procedentes del JUZGADO PRIMERA INSTANCIA Nº 16 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 144/2005, en los que aparece como parte apelante- demandada Dª Inés representada por la procuradora Dª BEATRIZ VILORIA ALABESQUE, y asistida por el Letrado D. FERNANDO LACRUZ NAVAS, y como parte apelada-demandante D. Everardo representado por el procurador D. ISAAC GIMENEZ NAVARRO y asistido por el Letrado D. JOSE I. FERNANDEZ DE BAYA; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 17 de enero de 2005, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO .- Que estimando la demanda formulada por la representación de D. Everardo contra su esposa Dª Inés sobre modificación de medidas, debo declarar y declaro haber lugar a ella, suprimiendo expresamente por esta Sentencia la pensión compensatoria fijada a favor de la Srª Inés en el efecto 3º de la Sentencia de separación matrimonial de 25 de noviembre de 2002, y sin hacer expresa condena en costas."

SEGUNDO

Notificado dicha sentencia a las partes por la representación procesal de Inés se interpuso contra la misma recurso de apelación; y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video; y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, para deliberación, votación y fallo el 11 de mayo de 2005

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

Se plantea en este incidente de modificación de medidas la aplicación del Art. 101 C.civil, es decir, si procede o no la extinción de la pensión compensatoria por vivir la esposa beneficiaria de dicha pensión maritalmente con otra persona. Como ya dijo esta misma sección en su sentencia de 19 de mayo de 2004, la expresión del citado artículo ("vivir maritalmente con otra persona") hace referencia a una cohabitación de carácter permanente y estable que tomando como paradigma el modelo matrimonial exige las notas de habitualidad y tendencia a la permanencia, excluyéndose, pues, las relaciones esporádicas y, por supuesto, aquéllas que tengan finalidades diferentes a las de la convivencia "a modo de matrimonio".

SEGUNDO

La cuestión se torna en fáctica, pues en lo que realmente discrepan las partes es en si la Sra. Inés , que admite coincidir con un señor en el domicilio de éste, lo hace para atenderlo por razón de sus diversas patologías o si existe entre ellos una relación personal que pudiera calificarse como sentimental y, por tanto, asimilable a la de un...

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