SAP Barcelona, 5 de Enero de 2007

PonenteJOSE GRAU GASSO
ECLIES:APB:2007:1433
Número de Recurso166/2006
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO Nº 166/2006

JUZGADO DE MENORES 6 BARCELONA

PIEZA RESPONSABILIDAD CIVIL DEL EXPEDIENTE Nº 73/2005

S E N T È N C I A

Ilmos. Magistrados:

SR. JOSE GRAU GASSÓ

SRA. ROSER BACH FABREGÓ

SRA. MARIA DEL PILAR PEREZ DE RUEDA

En -, a cinco de enero del dos mil siete.

VISTO, en grado de apelación delante de la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial de Barcelona el presente rollo de apelación penal que dimana de la pieza de responsabilidad civil nº 73/2005 del Juzgado de Menores nº 6 de Barcelona, en la cual se dictó sentencia el día 21 de julio del año 2006 que es objeto de recurso de apelación interpuesto por parte de María Luisa, Juan Ignacio y María Angeles

ANTECEDENTES
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es la siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Ministerio Fiscal en interés de Alejandra, contra la menor María Luisa y sus padres Juan Ignacio y María Angeles, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a que abonen a Alejandra la cantidad de cuatrocientos euros, más los intereses legales, sin especial pronunciamiento sobre las costas ".

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de María Luisa, Juan Ignacio y María Angeles.

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el antedicho recurrente fundado en los motivos que en el correspondiente escrito se insertan y, tramitado con arreglo a derecho se remitieron los autos a esta Sección de Audiencia donde se ordenó

traerlos a la vista para deliberación y votación conforme al régimen de señalamientos.

TERCERO

En el presente procedimiento se han cumplido las prescripciones legales.

Ha sido ponente el Sr. JOSE GRAU GASSÓ.

Se aceptan los hechos probados que se recogen en la sentencia impugnada.

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia impugnada en tanto no se opongan a lo que se expone seguidamente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dos son los motivos alegados en el recurso de apelación interpuesto. En el primero de ellos se reitera de se ha vulnerado el art. 115 del Código Penal por cuanto ni en el fallo de la sentencia de instancia ni en la de apelación se establece la responsabilidad civil correspondiente, por lo que, a su entender, no procedía abrir el presente procedimiento. Además, también se reitera que la responsabilidad civil responde a un interés privado, sin que la Sra. Alejandra haya mostrado ningún interés en el presente procedimiento.

La pretensión ejercitada no puede prosperar. En el proceso de menores, al contrario de lo que ocurre en el proceso penal, la pretensión civil se ejercita en un procedimiento aparte (en tanto no entra en vigor la reforma operada por la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre ) y la única condición para proceder a la apertura de la pieza separada de responsabilidad civil, tal y como se desprende de lo dispuesto en los apartados 2º, 3º y 4º del art. 16 de la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores, es el conocimiento por parte del Juzgado de Menores de que el Ministerio Fiscal está instruyendo un expediente. Efectivamente, en dicho precepto se establece: 2. Quienes tuvieren noticia de algún hecho de los indicados en el apartado anterior,...

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