SAP Segovia 30/2007, 14 de Febrero de 2007
Ponente | MARIA DEL PILAR ALVAREZ OLALLA |
ECLI | ES:APSG:2007:34 |
Número de Recurso | 7/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 30/2007 |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SEGOVIA
SENTENCIA: 00030/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION UNICA
SEGOVIA
S E N T E N C I A Nº 30 / 2007
C I V I L
Recurso de apelación
Número 7 Año 2007
Juicio de Verbal
Número 124 Año 2005
Juzgado de 1ª Instancia de Cuellar
En la Ciudad de Segovia, a catorce febrero de dos mil siete.
La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. Andrés Palomo del Arco, Pdte., D. Ignacio Pando Echevarria y Doña Pilar Álvarez Olalla, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de DOÑA Inés mayor de edad, vecina de Silla(Valencia); contra DON Carlos Alberto mayor de edad vecino de Alcorcón (Madrid), sita en la C. DIRECCION000 NUM000, NUM001 NUM001, en situación de rebeldía procesal y siendo parte el Ministerio Fiscal; sobre modificación de medidas relación con menor, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido el demandante como apelante, defendida por la Letrada Doña Luisa María Gómez García; y el Ministerio Fiscal Adherido al recurso; y en el que ha sido Ponente la Ilma. Sr. Magistrada Suplente Doña Pilar Álvarez Olalla.
Por el Juzgado de Primera Instancia de Cuellar, con fecha 7 Junio 2006, fue dictada sentencia que en su parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Que desestimando la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el Procurador Sr. Polo Alonso en nombre y representación de Dª Inés debo absolver y absuelvo a Don Carlos Alberto de las pretensiones contra éste deducidas en la misma, sin hacer expresa imposición de las costas causadas en el presente procedimiento a ninguna de las partes"
Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación de la parte demandante se anunció la preparación del recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido a autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose la recurrente para que en el plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por el apelante se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los Art. 457 y ss de la Nueva Ley Enjuiciamiento Civil, dándose traslado a la adversa, y emplazándola para oponerse al recurso o impugnar la resolución dictada, impugnando la sentencia el Ministerio Fiscal, y realizado el citado trámite en plazo, se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Recibidos los autos en este Tribunal, no personada la partes apelante y personado el Ministerio Fiscal y registrados, formado rollo, se señaló fecha para la deliberación y fallo del citado recurso; los cuales fueron celebrados; quedando las actuaciones conclusas para resolver.
Los presentes autos traen causa de la demanda presentada por Dña. Inés, por...
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