SAP Sevilla 428/2004, 7 de Octubre de 2004

ECLIES:APSE:2004:3735
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución428/2004
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

REFERENCIA:

ROLLO DE APELACIÓN Nº 2129/04-R

JUZGADO DE PROCEDENCIA:SEVILLA 8

JUICIO Nº 51/03

SENTENCIA NÚM. 428

PRESIDENTE ILTMO. SR.

D. MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCÍA

ILTMOS SRES. MAGISTRADOS

D. CARLOS MARIA PIÑOL RODRIGUEZ

D. ANDRES PALACIOS MARTINEZ

En la Ciudad de Sevilla a siete de octubre de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio VERBAL, procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de D. Bartolomé y Dª Andrea , representados por la procuradora Dª INMACULADA PASTOR GONZALEZ , que en el recurso son parte apelada, contra ,MMC CENTRO AUTOMOCIÓN, SEVILLA" representado por el procurador D. IGNACIO PEREZ DE LOS SANTOS que en el recurso es parte apelante, y contra ,GALLOPER ESPAÑA, S.A." representado por el porcurador Dª LUCIA SUAREZ-BARCENA PALAZUELO, que en el recurso es parte apelante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia con fecha 10 de junio de 2003, que expresa literalmente en su parte dispositiva:

"DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la excepción de FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA formulada por el Procurador Sr. Perez de los Santos en la representación acreditada en la Causa.

DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda promovida por el Procurador Sra. Pla Arribas en nombre y representación acreditada en autos.

DEBO CONDENAR Y CONDENO a MMC CENTRO DE AUTOMOCIÓN SEVILLA S.A. Y GALLOPER ESPAÑA, S.A. a que, conjunta y solidariamente, procedan a realizar las labores de pintado correctas y adecuadas hasta eliminar la capa de pintura azul dañada y a repintar nuevamente de forma correcta , tal y como se indica en el informe del Sr. Paulino , el vehiculo matricula ....-YNZ propiedad de D. Bartolomé Y D Andrea así como que abonen las costas de este procedimiento."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo, quedaron las actuaciones vistas para dictar sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANDRES PALACIOS MARTINEZ , quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que por las representaciones procesales de las entidades mercantiles demandadas, MMC CENTRO AUTOMOCIÓN SEVILLA, S.A. y GALLOPER S.A. se han interpuesto sendos recursos de apelación contra la sentencia dictada por la juez de instancia, en base a una erronea voloración de la prueba, al mismo tiempo que la primera de ellas reiteraba como primer motivo la excepción de falta de...

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