SAP Barcelona, 15 de Enero de 2002

PonenteMARIA DEL CARMEN VIDAL MARTINEZ
ECLIES:APB:2002:403
Número de Recurso1022/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución15 de Enero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

Dª. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUÉS

Dª. Mª CARMEN VIDAL MARTÍNEZ

Dª. MARTA FONT MARQUINA

En la ciudad de Barcelona, a quince de enero de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Catorce de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio declarativo de menor cuantía n° 218/1999, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Granollers, a instancia de Dª. Luisa representada por la Procuradora D°. Nicolasa Montero Sabariego y dirigida por el Letrado D. Patricio Manzano González, contra D. Narciso y Dª. María Milagros , representados por el Procurador D. Antonio de Anzizu Furest, y dirigidos por el Letrado D. Carlos Font Ausio; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 4 de septiembre de 2000, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, estimando la excepción de prescripción de la acción negatoria opuesta por la parte demandada, debo desestimar y desestimo la demanda promovida por Dña. Luisa contra D. Narciso y Dña. María Milagros y, sin entrar a examinar el fondo del asunto debatido, debo absolver y absuelvo a dichos demandados de la acción ejercitada, haciéndose expresa condena al pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento a la parte demandante".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 9 de enero de 2002, con el resultado que obra en la precedente diligencia.TERCERO.-En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª CARMEN VIDAL MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida, y

PRIMERO

Frente a la sentencia que declaró prescrita la acción negatoria de servidumbre de luces y vistas, se alza la actora recurrente pretendiendo su revocación, pero sin atacar los hechos probados que se contienen en la misma.

SEGUNDO

De dichos hechos, ratificados mediante la prueba pericial practicada en los autos (folios 268 y siguientes y 300), resulta que la vivienda de los...

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