SAP Barcelona 223/2008, 29 de Abril de 2008
Ponente | MARIA SANAHUJA BUENAVENTURA |
ECLI | ES:APB:2008:7078 |
Número de Recurso | 925/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 223/2008 |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DÉCIMO-SÉPTIMA
ROLLO Nº 925/2007
JUICIO VERBAL NÚM. 312/2007
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 28 DE LOS DE BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m. 223/08
Ilmas. Sras.
Dª. AMELIA MATEO MARCO
Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA
Dª. MARÍA SANAHUJA BUENAVENTURA
En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de abril de dos mil ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-Séptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 312/2007, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 28 de los de Barcelona, a instancia de FIDUCIARIA DE DISTRIBUCIÓ INTERNACIONAL ESPAÑA S.A., contra Dª. Emilia ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte DEMANDADA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de Julio de 2.007, por la Sra. MagistradaJuez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador D. Alberto Ramentol Nòria en nombre y representación de FIDUCIARIA DE DISTRIBUCIÓN INTERNACIONAL ESPAÑA, S.A. contra DOÑA Emilia, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS (385'43 euros), más el interés del 1'5% mensual desde el 15 de abril de 2.005 hasta su completo pago y a abonar las costas procesales causadas".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma mediante el oportuno escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 16 de Abril de 2008. CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARÍA SANAHUJA BUENAVENTURA .
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