SAP Santa Cruz de Tenerife 481/2004, 7 de Diciembre de 2004
Ponente | EUGENIO SANTIAGO DOBARRO RAMOS |
ECLI | ES:APTF:2004:2580 |
Número de Recurso | 464/2003 |
Número de Resolución | 481/2004 |
Fecha de Resolución | 7 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 481 / 2004
Rollo nº 464/03
Autos nº 703/00
Juzgado de Primera Instancia Num Seis de Santa Cruz de Tenerife .
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
Don Eugenio Santiago Dobarro Ramos
MAGISTRADOS
Don Modesto Blanco Fernández del Viso
Don Pedro Yanes Yanes
En Santa Cruz de Tenerife, a siete de diciembre de dos mil cuatro
Visto, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados , el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO SEIS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, en juicio ordinario, a instancia de DOÑA Estela , representado por el Procurador DOÑA CARMEN BLANCA ORIVE RODRIGUEZ, dirigida por el Abogado DOÑA MARIA FERNANDA PANO SANCHEZ, como demandados , COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS y SERVICIO CANARIA DE SALUD (HOSPITALITO DE NIÑOS) , representada y dirigida por el Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias , Y ORDEN HOSPITARIA DE SAN JUAN DE DIOS , representada por la Procuradora DOÑA CAROLINA SICILIA ROMERO, ha pronunciado EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente resolución siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON Eugenio Santiago Dobarro Ramos , con base en los siguientes:
En el procedimiento indicado, por el ILM. SR. MAGISTRADO -JUEZ DON JOSE RAMON NAVARRO MIRANDA se dictó sentencia el día veintiocho de febrero de dos mil tres, en cuya parte dispositiva a efectos de recurso se establece: "
F A L L O
Que estimando integramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales DOÑACARMEN BLANCA ORIVE RODRÍGUEZ en representación de DOÑA Estela , frete a la ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARARIAS Y EL SERVICIO CANARIO DE SALUD (HOSPITALITO DE NIÑOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE) , y la ORDEN HOSPITALARIA DE SAN JUAN DE DIOS , debo declarar y declaro la nulidad del testamento abierto otorgado por DOÑA Consuelo . Hermana de la actora , el dia 2 de octubre de 1995, ante el Notario de Santa Cruz de Tenerife, Don Lucas Raya Medina, y a cuya virtud instituía como heredero al Hospitalito de Niños de Santa Cruz de Tenerife y, en su defecto, a la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios de Santa Cruz de Tenerife , así como las de todas las operaciones de partición y adjudicación de herencia que se hayan practicado con base en ese testamento e, igualmente, de las inscripciones registrales que se hubieran practicado atendiendo a las citadas operaciones , condenando asimismo a los demandados a estar y pasar por tales pronunciamientos , y firme que sea esta sentencia , remítase testimonio de la misma al Sr. Notario autorizante y al registro de ú ltima Voluntad para su constancia. Todo ello sin hacer especial imposició ;n de las costas causadas en este procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes cone xpresión d elos recursos que cabe contra la misma.
Así por esta mi sentencia , lo pronuncio, mando y firmo."
Así, notificada la anterior resolución por la parte codemandada Comunidad Autónoma de Canarias , se formuló el correspondiente recurso de apelación , evacuándose el traslado por la parte demandante oponiéndose, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, habiéndose señalado para votación y fallo el día treinta de noviembre de 2004.
La parte codemandada apelante se interesa la revocación de la sentencia recurrida, sustancialmente, que no se ha acreditado que el estado mental de la testadora le impidiera otorgar el testamento , para lo que no bastan meras presunciones , como se hace en la sentencia apelada que declara la nulidad del testamento abierto otorgado por DOÑA Consuelo , hermana de la actora , el dia 2 de octubre de 1995, ante el Notario de...
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