SAP Sevilla 380/2003, 25 de Junio de 2003
ECLI | ES:APSE:2003:2340 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 380/2003 |
Fecha de Resolución | 25 de Junio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA
Sección Segunda
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ª.Instan.Sevilla n°22
ROLLO DE APELACIÓN N° 3035/2003-B
JUICIO N° 512/2002
SENTENCIA N° 380
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO
D. VÍCTOR NIETO MATAS
D. CARLOS PIÑOL RODRÍGUEZ
En la Ciudad de SEVILLA a veinticinco de junio de dos mil tres.
Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, juicio de PROCED. ORDINARIO (N) sobre reclamación reintegros fianzas arrendamiento urbano procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de D. Roberto que en el recurso es parte apelante, representado por el Sr. González Velasco, contra D. Antonio que en el recurso es parte apelado, representado por el Procurador Sr. Moreno Gutiérrez.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 4 de Febrero de 2003, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando la demanda deducida por el Procurador D. Javier González Velasco Calderón, en nombre y representación de D. Roberto contra D. Antonio , debo condenar y condeno al demandado a abonar a la parte actora la suma de 13.522,77 Euros y al estimar la demanda reconvencional parcialmente procede condenar a D. Roberto a abonar a D. Antonio la suma de 13.943, 48 Euros.
No procede condena en costas".
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó el recurso visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. VÍCTOR NIETO MATAS quien expresa el parecer del Tribunal.
El recurso interpuesto por el demandante reconvenido en la primera instancia no puede prosperar puesto que ejercitada por él acción de reclamación para la devolución de las cantidades entregadas como fianza por el arrendamiento es conforme a derecho la acción que estimando era pretensión y también la deducida por el demandado reconveniente de reclamación de pago de rentas, condena a pagar al ahora recurrente la cantidad que...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba