SAP Orense, 28 de Mayo de 2007
Ponente | ANGELA IRENE DOMINGUEZ-VIGUERA FERNANDEZ |
ECLI | ES:APOU:2007:332 |
Número de Recurso | 345/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 28 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Orense, Sección 1ª |
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por los Señores, don Fernando Alañón Olmedo, Presidente, doña
Ángela Irene Domínguez Viguera Fernández, y doña Josefa Otero Seivane, Magistrados, ha pronunciado, en nombre de S.M. El
Rey, la siguiente
S E N T E N C I A NÚM.
En la ciudad de Ourense a veintiocho de mayo de dos mil siete.
VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de juicio ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ourense, seguidos con el núm. 250/05, rollo de apelación núm. 345/06, entre partes, como apelante Dª Melisa, representado por el Procurador D. ANDRÉS TABARÉS P- PIÑEIRO, bajo la dirección del Letrado D. JOSÉ MANUEL ORBÁN SOUSA y, como apelado, D. Diego, representado por el procurador D. FRANCISCO PÉREZ SAA, bajo la dirección del Abogado D. LUIS MANUEL SALGADO CARBAJALES. Es ponente el Ilma. Sra. Dª. Ángela Irene Domínguez Viguera Fernández.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Ourense, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha de 12 de junio de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimo íntegramente la demanda planteada por Don Diego, representado por el Procurador Don Francisco Pérez Saa contra Doña Melisa, condenando a la demandada a iniciar el procedimiento judicial oportuno para obtener la autorización judicial de las participaciones cuya titularidad corresponde a su hija, María Cristina en un plazo máximo de 30 días, además deberá abonar las costas del procedimiento".
Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de Melisa recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada.
Se interesa en la demanda el cumplimiento de la cláusula sexta del contrato concertado entre los litigantes en 18 de marzo de 2004, a tenor de la cual, la parte aquí demandada, que actuaba en el contrato en su propio nombre y derecho y en el de su hija menor de edad, María Cristina, se obligaba, a presentar ante el juzgado correspondiente la pertinente solicitud de autorización...
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