SAP Sevilla 157/2006, 6 de Abril de 2006

PonenteJOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
ECLIES:APSE:2006:2807
Número de Recurso1265/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución157/2006
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

157/2006

ROLLO: 1265/06

PONENTE: JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

JUZGADO: SEVILL 12

ASUNTO: CAMBIARIO

FALLO

CONFIRMATORIA c/c

SENTENCIA NÚM. 157

ILTMOS. SRES.

MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS

________________________________________

En Sevilla, a seis de abril de dos mil seis.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio cambiario nº 381/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Sevilla, promovidos por BANCO DE ANDALUCÍA S.A. contra ANROCH FHARMA S.L.; sobre reclamación de cantidad; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la sentencia en los mismos dictada en 22 de noviembre de 2005.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda de oposición presentada por ANROCH FHARMA SOCIEDAD LIMITADA y, en su consecuencia:

  1. - MANDAR SEGUIR ADELANTE la ejecución despachada por la cantidad principal total de TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS EUROS CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (34.382,29 ), así como los intereses devengados y que devenguen los dos (2) pagarés impagados, sobre los bienes propiedad de ANROCH FHARMA SOCIEDAD LIMITADA, para con su producto hacer pago completo a BANCO DE ANDALUCÍA SOCIEDAD ANÓNIMA.

  2. CONDENAR A ANROCH FHARMA SOCIEDAD LIMITADA a abonar las costas procesales que se hubieran causado...."

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de fecha 2/03/06, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día 6/04/06, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El juez desestima la demanda de oposición de la entidad ANROCH FHARMA S.L. mandando seguir adelante la ejecución, interponiendo recurso de apelación la mencionada entidad, quien basa su recurso de apelación en que se desestima su alegada falta de provisión de fondos, correspondiendo la prueba de extinción de la provisión de fondos al tenedor, y que en el fallo de la sentencia no se menciona a Standby Producciones, causante directo del impago del pagaré.

SEGUNDO

Establece el artículo 67 apartado primero de la Ley...

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