AAP Madrid 311/2004, 23 de Abril de 2004

ECLIES:APM:2004:5819
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución311/2004
Fecha de Resolución23 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION DECIMOSEXTA

MADRID

ROLLO DE APELACION Nº 193/04 RJ

JUICIO DE FALTAS Nº 417/02

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 de Alcalá de Henares

S E N T E N C I A

Nº :311/04

En Madrid a veintitrés de abril de dos mil cuatro.

VISTA, en segunda instancia, por la Ilma. Sra. Dª Carmen Lamela Díaz, Magistrada de la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo establecido en el art. 82.2º, párrafo 2º, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la presente apelación contra la sentencia dictada el Ilmo Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 6 de Alcalá de Henares con fecha veintiuno de enero de dos mil tres, en la causa citada al margen, siendo parte apelante D. Alberto y parte apelada el Ministerio Fiscal.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción nº 6 de Alcalá de Henares, se dictó sentencia de fecha diecisiete de julio de dos mil uno, en el Juicio de Faltas ya mencionado, estableciendo como hechos probados que: Sobre las 17:10 horas del día 30 de julio del pasado año 2.002 se encontraba abierto al público y en funcionamiento el Bar cervecería "DIRECCION000", sito en la CALLE000 nº NUM000 de esta localidad de Alcala de Henares, establecimiento cuyo titular era Alberto, sin que a dicha fecha tuviera concertado el seguro obligatorio de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros derivados de las condiciones del local, de sus instalaciones y servicios, así como de la actividad desarrollada y de personal que preste sus servicios en el mismo, exigido legalmente para el funcionamiento de establecimientos cuyo titular era Alberto, sin que a dicha fecha tuviera concertado el seguro obligatorio de responsabilidad civil por daños a los concurrentes y a terceros derivados de las condiciones del local, de sus instalaciones y servicios así como de la actividad desarrollada y del personal que preste sus servicios en el mismo, exigido legal menepra el funcionamiento de establecimientos comerciales de dicha clase. Al frente de dicho negocio en dicho momento se encontraba la esposa de dicho titular; Andrea contra la que no se ha ejercitado acusación panel alguna en el acto del juicio oral celebrado el día 20 de enero del presente año 2.003"

Siendo su fallo del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Alberto como autor de una falta contra el orden publico ya definida, a la pena multa de un mes y quince días con una cuota diaria de 6 euros y arresto sustitutorio en caso de impago en los términos regulados en el articulo 3.1 del Código penal siendo de su cargo la mitad de las costas causadas en el presente juicio.

Que debo absolver y absuelvo a Andrea de la falta contra al orden público de la que inicialmente venia siendo acusada, declarando de oficio la mitad de las costas causadas en el presente juicio."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por D. Alberto recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso se dio traslado del mismo a las demás partes personadas para que alegasen lo que estimaran oportuno, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR