SAP Murcia 141/2007, 24 de Abril de 2007

PonenteABDON DIAZ SUAREZ
ECLIES:APMU:2007:2663
Número de Recurso193/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución141/2007
Fecha de Resolución24 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00141/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL ROLLO Nº 193/06

SECCION SEGUNDA J. VERBAL 886/04

M U R C I A MURCIA-4

SENTENCIA NUM. 141 /07

Iltmos. Sres.:

D. ABDÓN DÍAZ SUÁREZ

Presidente

Dª MARIA JOVER CARRION

D. FERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ

Magistrados

En la Ciudad de Murcia, a veinticuatro de Abril de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Audiencia, compuesta por los magistrados que figuran en el encabezamiento de esta resolución, los autos de Procedimiento Cambiario que bajo el nº 886/04 se han sustanciado y resuelto en el Juzgado de Murcia nº 4 de Murcia, y que ante ésta Sala penden en virtud de recurso de apelación promovido por "ARGEGOM SOC. COOPERATIVA", representado por el Procurador Sr. Ródenas Pérez y bajo dirección letrada del Sr. Maldonado Garrido. Y en el que interviene como parte apelada "LOYBA, S.L." representada por el Procurador Sr. Berenguer López y bajo la dirección técnica de la Sra. Ortiz Yepes.

Es ponente el Presidente de la Sala D. ABDÓN DÍAZ SUÁREZ, que expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 29/04/05 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando en parte la demanda de oposición formulada por el Procurador D. Miguel Rodenas Pérez en nombre y representación de la Mercantil Argegon Sociedad Cooperativa frente a la demanda de juicio cambiario formulada por el Procurador D. Francisco Berenguer López en nombre y representación de la Mercantil Loyba SL acuerdo despachar ejecución por la cantidad de 5000 euros más intereses legales gastos y costas.", aclarada por auto de fecha 24/06/05 del tenor literal siguiente: "Acuerdo rectificar el error padecido en el fallo de la sentencia en el sentido de que donde dice "5.000 euros" debe decir 5.180,22 euros" manteniéndose el resto de los pronunciamientos en sus propios términos.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por "ARGEGOM SOC. COOPERATIVA", solicitando la revocación de la sentencia. Admitido a trámite el recurso se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al recurso y pidiendo la confirmación del fallo apelado.

TERCERO

Por el Juzgado de instancia se elevaron las actuaciones a esta Iltma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Segunda donde se registraron con el num. de Rollo 193/06, dictándose resolución acordando traer los autos...

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