SAP Barcelona 72/2005, 15 de Febrero de 2005

PonenteLUIS GARRIDO ESPA
ECLIES:APB:2005:1108
Número de Recurso626/2002
Número de Resolución72/2005
Fecha de Resolución15 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

D. LUIS GARRIDO ESPAD. JORDI LLUIS FORGAS FOLCHDª. MARIA ELENA BOET SERRA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DÉCIMO-QUINTA

ROLLO nº 626/2002-2ª

JUICIO DE MENOR CUANTÍA Nº. 412/1998

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº. 50 DE BARCELONA

SENTENCIA núm.

Ilmos. Sres. Magistrados

D. LUIS GARRIDO ESPA

D. JORDI LLUIS FORGAS FOLCH

Dª. ELENA BOET SERRA

En Barcelona a quince de febrero de dos mil cinco.

Vistos en grado de apelación ante la Sección Decimoquinta de esta Audiencia Provincial los presentes autos de juicio de menor cuantía seguidos con el nº. 412/1998 ante el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona, a instancia de AMANDUS KAHL GMBH & CO., representada por la Procuradora Dª. Aracerli García Gómez y asistida del Letrado Dª. Patricia Koch Moreno, contra ALMEX B.V., incomparecida en autos, que penden ante esta Sala por virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada por dicho Juzgado el día 6 de noviembre de 2000

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo, por todos los motivos expuestos, la demanda formulada por la representación de AMANDUS KAHL GMBH & CO. contra ALMEX B.V., y debo absolver como absuelvo a la sociedad demandada de todos los pronunciamientos de condena contenidos en dicha demanda, con imposición de sus costas procesales a la misma entidad actora referida".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la actora, que fue tramitado conforme a la LEC de 1881.

TERCERO

Recibidos los autos originales, personada la parte apelante y formado en la Sala el Rollo correspondiente, se procedió al señalamiento de día para la vista.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. LUIS GARRIDO ESPA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

AMANDUS KAHL GMBH & CO., en cuanto titular de la Patente Europea nº. 331.207, con validez en España (nº. 2.019.565), concedida el 4 diciembre 1991 con prioridad de 27 de abril de 1988 y 25 enero 1989, que reivindica un procedimiento para peletizar (hacer pellets) alimentos para animales, denunció que la sociedad holandesa ALMEX B.V. había violado su derecho de patente por haber vendido a la española GIMON S.L. (como evidencia el documento nº. 5, consistente en carta de ALMEX B.V. a GIMON S.L.), una unidad densificadora Almex tipo AD300 provista de corredera de salida hidráulica, utilizable para la realización del procedimiento protegido por su patente. Afirmaba, sobre la base de la documentación aportada, que la adquirente GIMON S.L. incorpora el expánder vendido por ALMEX B.V. a una máquina pelletmill, susceptible de poner en práctica el procedimiento patentado, y que a su vez sería suministrada a un tercero (Piensos del Segre S.A.).

Sostenía, en suma, que la demandada vende medios necesarios para la puesta en práctica de la patente de la actora, con conocimiento de ello, lo cual constituye acto susceptible de ser prohibido por el titular de la patente de conformidad con el art. 51.1 de la Ley de Patentes.

El Sr. Magistrado de primera instancia terminó por desestimar la pretensión (que se sustanció en rebeldía de la demandada, tras ser emplazada en Holanda) por apreciar que se había producido el agotamiento del derecho de patente, que impide al titular del derecho oponerse a la importación en un país comunitario de productos introducidos en el comercio en otro Estado de la Unión por aquél o por un tercero con su consentimiento.

SEGUNDO

Claro aparece que la decisión es errónea pues el producto supuestamente infractor no ha sido introducido en el comercio por la titular de la patente (ni por su filial española), sino que es fabricado y comercializado por un tercero (la demandada ALMEX B.V.), sin el consentimiento de aquélla. No se trata, en fin, de un expánder fabricado por la titular o por un tercero legitimado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • El contenido y alcance del Derecho de Patente
    • España
    • Actualidad Jurídica (Uría Menéndez) Núm. Especial, Diciembre 2006
    • 1 Noviembre 2006
    ...no alcanza a la entrega acaecida en territorio extranjero a quien luego introduce en territorio español para su utilización en él: SAP Barcelona 15-II-2005) y posesión para su ulterior ofrecimiento y entrega y ello, sin perjuicio de que todos estos actos, en cuanto preparatorios de un subsi......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR