SAP Madrid 1340/2007, 8 de Noviembre de 2007

PonenteANGEL SANCHEZ FRANCO
ECLIES:APM:2007:16800
Número de Recurso306/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución1340/2007
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 24

MADRID

SENTENCIA: 01340/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 24ª

ROLLO Nº: 306/07

AUTOS Nº: 671/05

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Mostoles (Madrid)

APELANTE-DEMANDANTE: DÑA. Carla

PROCURADOR: D. MAXIMO LUCENA FERNANDEZ REINOSO

APELANTE- DEMANDADO: D. Jose Ángel

PROCURADOR: DÑA. BEATRIZ GONZALEZ RIVERO

Ponente: Ilmo. Sr. D. ÁNGEL SÁNCHEZ FRANCO

S E N T E N C I A Nº 1 3 4 0

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González

Ilmo. Sr. D. ÁNGEL SÁNCHEZ FRANCO

Ilma. Sra. Dª. Rosario Hernández Hernández

EN MADRID, A OCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.

Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial de Madrid, los autos sobre Divorcio nº

671/05 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Mostoles (Madrid).

De una parte, como apelante, Dña. Carla representada por la Procuradora D. Maximo Lucena

Fernández Reinoso.

Y de otra parte, también como apelante D. Jose Ángel representado por el Procurador Dña. Beatriz González

Rivero.

Habiendo intervenido el Ministerio Fiscal.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. D. ÁNGEL SÁNCHEZ FRANCO

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 4 de Julio de 2006 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Mostoles (Madrid), se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo la demanda de divorcio presentada por el procurador de los Tribunales Sr. Gómez García, en la representación que ostenta de Dña. Carla contra d. Jose Ángel, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Franco González, declaro la disolución del matrimonio por divorcio de ambos cónyuges celebrado en fecha 9 de Noviembre de 1980, en Madrid, y vigentes entre ellos los efectos recogidos en los fundamentos jurídicos de esta resolución.

Todo ello sin hacer imposición de las costas procesales."

Asimismo con fecha 28 de Septiembre de 2006 se dicta auto de rectificación de sentencia de fecha 4 de julio de 2006, en el sentido de que donde se dice:

FUNDAMENTOS DE DERECHO CUARTO, apartado segundo "En concepto de alimentos, el padre entregará por los hijos Sandra y José Miguel, del uno al cinco de cada mes, ingresándolo en la cuenta bancaria que al efecto se señale, la cantidad de 250 euros.."

Debe decir:

FUNDAMENTO DE DERECHO CUARTO, apartado segundo "En concepto de alimentos, el padre entregará por los hijos Sandra y José Miguel, del uno al cinco de cada mes, ingresándolo en la cuenta bancaria que al efecto se señale, la cantidad de 250 euros por cada uno de los hijos..."

Hágase saber a las partes que contra la presente resolución no cabe recurso alguno sin perjuicio de los recursos que procedan contra la sentencia dictada que comenzará a computarse nuevamente desde el día siguiente de la notificación de la presente resolución.

Hágase saber igualmente a ambas representaciones que el recurso interpuesto deberá ser ratificado o presentar nuevo escrito dentro del plazo.

Únase a las actuaciones testimonio de la presente resolución uniendo el original a la sentencia dictada del que formará parte integrante."

TERCERO

Notificada la anterior resolución se preparó e interpuso Recurso de Apelación por la representación de Dña. Carla, así como por la representación de D. Jose Ángel, tal y como consta en los escritos obrantes en autos.

Mediante providencia de fecha 25 de Abril de 2007...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 21 de Julio de 2009
    • España
    • 21 Julio 2009
    ...la Sentencia dictada, con fecha 8 de noviembre de 2007, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 24ª), en el rollo de apelación nº 306/2007 dimanante de los autos de juicio verbal de divorcio nº 671/2005 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de - Mediante Providencia de 14 de febrero ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR