AAP Huelva 90/2004, 22 de Marzo de 2004

PonenteFLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA
ECLIES:APH:2004:172A
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución90/2004
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

SECCIÓN SEGUNDA

Rollo núm. 60/04

Permiso de salida 1304/03

Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Huelva.

A U T O 90

Iltmos. Sres. :

Presidente:

D. FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA.

Magistrados:

D. ANDRÉS BODEGA DE VAL.

Dª. MERCEDES IZQUIERDO BELTRÁN.

En Huelva, a 22 de marzo de 2004.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, se dictó auto con fecha 26.01.04, cuya parte dispositiva dice así: , Procede desestimar el recurso de reforma interpuesto por Pedro Jesús contra el auto de este juzgado de 31.12.03 por el que se desestimaba la concesión de un permiso ordinario de salida propuesto por la Junta de Tratamiento de fecha 12.12.03."

SEGUNDO

Contra el anterior auto se interpuso recurso de apelación, por la representación procesal del interno y por el Ministerio Fiscal. Formándose el oportuno rollo, ha tenido lugar la deliberación del asunto en el día de hoy, correspondiendo la ponencia al Iltmo. Sr. FLORENTINO GREGORIO RUIZ YAMUZA, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurso interpuesto cuestiona los argumentos jurídicos la resolución apelada, alegando sustancialmente lo siguiente: que Pedro Jesús cumple los requisitos legales para disfrutar de permiso, vulnerándose con su denegación lo dispuesto en el art. 24 de la Constitución Española, así como en el art. 47 de la Ley Orgánica General Penitenciaria y en los arts. 154 y 156 de su Reglamento.

Por su parte, el Ministerio Público solicita igualmente, en vía de recurso, la concesión del permiso basándose en los informes favorables de la Junta de Tratamiento, especialmente ilustrativos dentro de la unanimidad de ésta, y en los factores positivos que se evidencian en el informe social y de conducta, así como en el bajo riesgo previsto para un mal uso permiso.

SEGUNDO

En los supuestos como el presente en que la concesión del permiso viene avalada por la unanimidad de la Junta de Tratamiento, es preciso ponderar con especial cuidado la trascendencia que las resoluciones judiciales tienen en orden a la evolución del tratamiento del penado. De suerte que si jurisdiccionalmente se sostiene una tesis negativa a la propuesta del Centro Penitenciario, ésta ha de estar fundada en razones muy concluyentes, completamente obstativas para el disfrute de los permisos, que deben...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • AAP Albacete 493/2018, 26 de Noviembre de 2018
    • España
    • 26 Noviembre 2018
    ...su contacto directo y por consiguiente pueden hacer un más acertado pronóstico sobre el uso de ese permiso. Así y como subraya el AAP Huelva de 22-3-2004 si el juez se aparta del criterio unánime de la Junta " ha de estar fundada en razones muy concluyentes, completamente obstativas para el......
  • AAP Albacete 86/2011, 18 de Mayo de 2011
    • España
    • 18 Mayo 2011
    ...su contacto directo y por consiguiente pueden hacer un más acertado pronóstico sobre el uso de ese permiso. Así y como subraya el AAP Huelva de 22-3-2004 si el juez se aparta del criterio unánime de la Junta " ha de estar fundada en razones muy concluyentes, completamente obstativas para el......
  • AAP Castellón 310/2010, 26 de Julio de 2010
    • España
    • 26 Julio 2010
    ...que, a juicio de esta Sala, aporte elementos suficientes para estimar justificada su decisión, pues, como bien dice el Auto de la AP de Huelva de 22 de marzo de 2004 si el juez se aparta del criterio unànime de la Junta, su decisión "ha de estar fundada en razones muy concluyentes, completa......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR