SAP Navarra 249/2001, 2 de Octubre de 2001

PonenteJUAN MANUEL FERNANDEZ MARTINEZ
ECLIES:APNA:2001:1056
Número de Recurso281/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución249/2001
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 3ª

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZD. AURELIO VILA DUPLÁD. JUAN MANUEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ

S E N T E N C I A Nº 249/2001

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. AURELIO VILA DUPLÁ

D. JUAN MANUEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ

En la Ciudad de Pamplona, a dos de octubre del año dos mil uno.

Vistos por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, en grado de Apelación, el Rollo Civil de Sala nº 281/2000, derivado del Juicio de Cognición nº 45/2000 del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Tafalla; siendo parte apelante, la demandada Dª Erica , defendida por el Letrado D. Javier Beguiristain Lamberto; y parte apelada, el demandante D. Raúl , defendido por el Letrado D. José Gabriel Barbería Legarra.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN MANUEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se admiten los de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Con fecha 30 de junio de 2.000, el referido Juzgado en el citado juicio, dictó sentencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:

"Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales, Sr. Aldunate Tardio, en nombre y representación de D. Raúl , frente a Dª Erica , debo condenar y condeno a la parte demandada a arrancar todos los árboles plantados junto al linde Oeste de la finca del actor que no guarden las distancias mínimas legales de dos metros (según C. Civil) o tres metros, en su caso (según Decreto 19-10-67), bajo apercibimiento, que en caso de no verificarlo se procederá a realizarlo a su costa.

Las costas del presente procedimiento serán abonadas por la parte cuyos pedimentos hayan quedado totalmente rechazados.

Notifíquese la presente resolución a las partes con instrucción de los recursos y plazos de interposición.

Llévese testimonio de la presente a los autos.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en instancia, lo pronuncio, mando y firmo.".

TERCERO

Contra la indicada sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la demandada, solicitando en su escrito de interposición la revocación de la sentencia de instancia. Impugnando el recurso la parte actora.

CUARTO

Admitida dicha apelación, en ambos efectos, emplazadas las partes ante la Audiencia Provincial, remitidos los autos, previo reparto correspondió a la Sección Tercera en donde se formó el citado rollo, comparecieron las partes en el mismo en tiempo y forma, y en el que se señaló el día 7 de junio del 2.001 para deliberación y fallo.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PREVIO.- Alegándose por la parte apelante en su recurso la vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva, hemos de referirnos a tal cuestión con carácter previo al fondo del asunto.

En primer lugar hemos de ratificar cuanto expusimos en nuestras resoluciones de fechas 23 de octubre de 2.000 y de 7 de febrero de 2.001, este último resolviendo el recurso de súplica interpuesto contra aquél, acerca de la denegación de la prueba solicitada en esta segunda instancia.

En segundo término afirmar que el perito emitió el dictamen sin haber examinado el lugar, parece un evidente exceso dialéctico. La prueba pericial se practicó en condiciones de efectiva contradicción e igualdad, no existiendo motivo alguno que permita poner en tela de juicio la objetividad e imparcialidad del perito. Cuestión distinta es que la parte discrepe de su parecer.

PRIMERO

Dictada sentencia en la primera instancia estimando la demanda rectora del presente procedimiento, se alza frente a la misma la parte demandada interesando que, previa su revocación se dicte nueva sentencia en esta alzada absolviéndole de los pedimentos contra ella formulados. El recurso fue impugnado de adverso, interesando la parte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR