SAP Cantabria 213/2007, 13 de Marzo de 2007
Ponente | MARCIAL HELGUERA MARTINEZ |
ECLI | ES:APS:2007:445 |
Número de Recurso | 541/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 213/2007 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
SANTANDER
SENTENCIA: 00213/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA ROLLO NUM. 541/06
Sección Cuarta
S E N T E N C I A NUM. 213/07
Ilma. Sra. Presidente
Doña María José Arroyo García
Ilmos. Srs. Magistrados
Don Marcial Helguera Martínez
Don Joaquín Tafur López de Lemus
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En la Ciudad de Santander, a trece de marzo de dos mil siete.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio DESAHUCIO 665/05, Rollo de Sala núm. 541/06, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Castro-Urdiales.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante doña Dolores, representada por la Procuradora Sra. Yolanda Cobo Mazo, y defendida por la Letrada Sra. Carmen Aguado González; y parte apelada don Romeo y doña Marí Luz, representados por la Procuradora Sra. Carmen Quirós Martínez, y defendidos por la Letrada Sra. Gemma Herrera Herranz.
Es ponente de ésta resolución El Ilmo. Sr. Don Marcial Helguera Martínez.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Castro Urdiales, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 5 de mayo de 2.006 Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por la representación procesal de D. Romeo y Dña. Marí Luz, contra Dña. Dolores, sobre desahucio, por precario de la vivienda a que la misma se refiere, debo declarar y declaro haber lugar a ella, condenando a la demandada a que junto con sus hijas que con ella conviven, a que desaloje la vivienda descrita en el hecho primero de la demanda, dentro del plazo legal, con apercibimiento que de no hacerlo será lanzada a su costa, sin efectuar un especial pronunciamiento sobre las costas del procedimiento.
Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales a excepción del plazo de resolución del recurso debido al número de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.
Se admiten los de la Sentencia de instancia, que hacemos nuestros y damos por reproducidos en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y
A la vista del cuerpo del "recurso" y de su suplico entendemos...
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