SAP Valencia 182/2006, 10 de Mayo de 2006

PonenteGONZALO MARIA CARUANA FONT DE MORA
ECLIES:APV:2006:2007
Número de Recurso222/2006/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución182/2006
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

SENTENCIA NÚM.: 182/06

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª Mª ANTONIA GAITON REDONDO

Dª PURIFICACION MARTORELL ZULUETA

En Valencia a diez de mayo de dos mil seis.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente DON/ DOÑA GONZALO CARUANA FONT DE MORA, el presente rollo de apelación número 000222/2006, dimanante de los autos de Juicio Ordinario - 000447/2004, promovidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 3 DE CARLET, entre partes, de una, como demandante apelante a INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL, y de otra, como demandado apelado a Carlos y Estela, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, en virtud del recurso de apelación interpuesto por INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de CARLET Nº 3, en fecha 10/11/05, contiene el siguiente FALLO: Estimo parcialmente la demanda presentada por el Instituto de Crédito Oficial contra D. Carlos y Dña. Estela :

  1. - Condeno a los demandados solidariamente a que abone al actor la cantidad de 4.847,33 € de principal.

  2. - Condeno a los demandadosa abonar solidariamente al actor los intereses moratorios del principal (4.847,33€), conforme a lo establecido en el fundamento de derecho sexto de la presente resolución, distinguiéndose entre los devengados hasta la fecha de requerimiento (15-10-2002), condonándose el 80%, de los devengados a partir de dicha fecha los pactados al 13% anual y hasta su completo pago.

  3. - Declaro prescritos los intereses remuneratorios reclamados por el actor.

  4. - No se hace especial pronunciamiento en costas.".

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por INSTITUTO DE CREDITO OFICIAL, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) reclama en el procedimiento a Carlos y Estela, la suma de 13.958,62 euros más intereses de demora pactados, saldo adeudado por un préstamo concertado en fecha de 28-1-1988, entre el Banco de Crédito Agrícola SA y los interpelados, por importe de novecientas mil pesetas a devolver en cuatro anualidades iguales de 225.000 pesetas cada una con vencimiento los días 20 de diciembre de 1990 a 1993, fijándose un interés retributivo al 7 % anual a liquidar en los días 20 de junio y diciembre de 1988 a 1993 y de demora al 13 % anual. Del importe reclamado se deslindaba en liquidación a fecha 26/7/2002 en 4.847,33 euros por principal, 719,14 euros de intereses remuneratorios y 7.267,82 euros por intereses de demora, posteriormente actualizados a fecha de 1/2/2004,incrementados en 1.104,28 euros..

La sentencia del Juzgado Primera Instancia 3 Carlet sienta la naturaleza mercantil del préstamo, acoge la prescripción de los intereses remuneratorios no así los de demora; rechaza la aplicación al caso de la teoría doctrinal del retraso desleal, condenando a los demandados al pago del principal reclamado 4,847,33 euros, si bien condona el 20 % de los intereses de demora devengados hasta el requerimiento de pago (15/10/2002) por no haber notificado el ICO personal y fehacientemente a los demandados la posibilidad de condonación del 80 % de tales intereses de demora, aplicando el 13 % anual en tal concepto desde la...

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