SAP Barcelona 206/2005, 21 de Abril de 2005
Ponente | RAMON FONCILLAS SOPENA |
ECLI | ES:APB:2005:3946 |
Número de Recurso | 78/2005 |
Número de Resolución | 206/2005 |
Fecha de Resolución | 21 de Abril de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DIECISIETE
ROLLO Nº 78/2005
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 576/2002
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE MANRESA
S E N T E N C I A N ú m. 206/05
Ilmos. Sres.
D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA
Dª. AMELIA MATEO MARCO
Dª. MARIA DOLORES MONTOLIO SERRA
En la ciudad de Barcelona, a 21 de Abril de 2005
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 576/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Manresa, a instancia de MAQUINARIA 1001, S.L., contra Rodolfo ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 29 de Septiembre de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. María Soledad López García, en nombre y representación de MAQUINARIA 1001, S.L., contra Rodolfo, debo condenar y condeno al demandado al pago a la actora de la suma de 5.140,82 euros, más los intereses legales desde la fecha de 25-10-02, con expresa imposición de costas al demandado".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 11 de Abril de 2005.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA.
Se reclama por la actora Maquinaria 1001, S.L. el importe de tres préstamos concedidos a su ex empleado D. Rodolfo a lo largo de la relación laboral (uno amortizado en parte y dos totalmente impagados). Dichos préstamos se hallan documentados mediante los correspondientes recibos de las cantidades, aportados como documentos 1 a 3 de la demanda.
El demandado niega la realidad de los préstamos y las consiguientes recepción de las cantidades y autenticidad de las firmas obrantes en los documentos. Pese a ello, la sentencia de primera instancia considera, a tenor del resultado de la prueba, acreditados los hechos de la demanda y la estima íntegramente, contra lo que se alza el demandado que insiste en los motivos de defensa esgrimidos en primera instancia.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba