SAP Teruel 119/2006, 22 de Junio de 2006

PonenteJUAN CARLOS HERNANDEZ ALEGRE
ECLIES:APTE:2006:71
Número de Recurso114/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución119/2006
Fecha de Resolución22 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM 119

En la Ciudad de Teruel a veintidós de junio de dos mil seis.

Esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados Ilmos. Señores D. Fermín Francisco Hernández Gironella, presidente, Dª. María Teresa Rivera Blasco, y D. Juan Carlos Hernández Alegre, suplente y ponente en estos autos, ha visto y examinado el rollo de apelación civil núm. 114/06, incoado para la resolución del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Alcañiz en el juicio verbal núm. 204/04 , seguido en el ejercicio de una acción reclamación de cantidad en cumplimiento de contrato, a instancia de la mercantil "BANCO ESPAÑOL DE CRÉDITO S.A.", con domicilio social en Madrid, Avenida Gran Vía de Hortaleza, núm. 3, provista de la C.I.F. núm. A-28000032, representada en la primera instancia por la Procuradora Dª. Olga Pina Bonías y ante esta Audiencia por la Procuradora Dª. Concepción Torres García, y defendida por el Letrado D. José Luis Fortea Gorba; contra los demandados D. Armando , mayor de edad, vecino de Zaragoza, con domicilio en AVENIDA000 , núm. NUM000 -4º, provisto del D.N.I. núm. NUM001 , representado en la primera instancia por la Procuradora Dª. María del Mar Bruna Lavilla, y ante esta Audiencia por el Procurador D. Manuel Ángel Salvador Catalán, y defendido por el Letrado D. Javier Vicente Serrano; y Dª. María Consuelo , mayor de edad, vecina de Andorra, con domicilio en C/ DIRECCION000 , núm. NUM002 , provista del D.N.I. núm. NUM003 , representada en la primera instancia por la Procuradora Dª. Ana Rodríguez Vela, y ante esta Audiencia por la Procuradora Dª. Isabel Pérez Fortea, y defendida por la Letrada Dª. Ana María Gómez Llerda.

Han sido apelantes los demandados D. Armando y Dª. María Consuelo y apelada la mercantil demandante "Banco Español de Crédito, S.A.". Se dicta la presente resolución, que expresa el parecer unánime del Tribunal, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 20 de febrero de 2006 el Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Alcañiz dictó sentencia en el juicio verbal dimanante del proceso monitorio núm. 204/04, con la siguiente parte dispositiva:"FALLO.- QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Olga Pina Bonías, en nombre y representación de Banco Español de Crédito, S.A., contra D. Armando y Dª. María Consuelo , CONDENÁNDOLES a que le abonen la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (2.767,81 EUROS, más intereses legales. En cuanto a las costas procesales cada parte abonará las causadas a su instancia".

SEGUNDO

Publicada y notificada la anterior sentencia, por la Procuradora Dª. Ana Rodríguez Vela, en la representación que ostenta de Dª. María Consuelo , se presentó el día 28 de febrero de 2006 escrito solicitando del Juzgado que tuviera por preparado recurso de apelación contra la sentencia.

Igualmente, por la Procuradora Dª. Olga Pina Bonías, en la representación que ostenta del demandado D. Armando , se presentó el día 2 de marzo de 2006 escrito solicitando del Juzgado que tuviera por preparado recurso de apelación contra la sentencia.

En providencias del Juzgado de los días uno y tres de diciembre se tuvieron por preparados los anteriores recursos y se concedió a las partes apelantes el plazo de veinte días para que formalizaran por escrito los mismos. Trámite que evacuó Dª. María Consuelo mediante la presentación del correspondiente escrito de formalización del recurso el día 31 de marzo de 2006, en el que, tras exponer los razonamientos y alegaciones que consideró pertinentes en defensa de sus pretensiones, solicitaba de la Sala una resolución que revoque la de instancia, desestime íntegramente la demanda y condene a la parte demandante al pago de las costas de ambas instancias.

El día 3 de abril de 2005, la representación procesal de D. Armando , evacuó el trámite formalizando el recurso, mediante la presentación del escrito de alegaciones en el que, tras exponer los razonamientos y alegaciones que consideró pertinentes en defensa de sus pretensiones, solicitaba igualmente la desestimación de la demanda.

Dichos recursos fueron admitidos en providencia de fecha 4 de abril de 2006, en la que se acordaba dar traslado del recurso a la otra parte para que en el plazo de diez días pudiera presentar escrito de impugnación o de adhesión al mismo.

TERCERO

El día 20 de abril de 2006 la representación procesal de la mercantil demandante "Banco Español de Crédito, S.A" presentó escrito de impugnación de los recursos interpuestos por los demandados, solicitando, tras exponer las alegaciones que consideró pertinentes en defensa de sus pretensiones, la desestimación de los mismos con expresa condena en costas a los apelantes.

En providencia del Juzgado del día 27 de abril de 2006 se acordó elevar las actuaciones originales a esta Audiencia Provincial competente para la resolución del recurso.

CUARTO

El día 30 de mayo del presente año se recibieron en esta Audiencia Provincial las actuaciones originales, junto con los escritos de interposición y de impugnación del recurso, donde se acordó, en providencia de la Sala del día siguiente, la incoación del oportuno rollo para la tramitación del recurso, designándose al mismo tiempo, por turno de reparto, magistrado ponente....

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