SAP Madrid 163/2008, 3 de Abril de 2008
Ponente | FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZA |
ECLI | ES:APM:2008:4004 |
Número de Recurso | 141/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 163/2008 |
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25
MADRID
SENTENCIA: 00163/2008
Fecha: 3 de Abril de 2008
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 141/2007
Ponente: ILMO. SR. D. FRANCISCO MOYA HURTADO
Apelantes y demandados: D. Juan Antonio y Dª. Ángela
PROCURADOR: Dª. MARTA SANZ AMARO
Apelado y demandante: BANKINTER, S.A.
PROCURADOR: Dª. MARÍA DEL ROCIO SAMPERES MENESES
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 804/2005
Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 1 DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. FRANCISCO MOYA HURTADO
D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ
D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO
En MADRID, a tres de abril de dos mil ocho.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 804/2005, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 1 de SAN LORENZO DE EL ESCORIAL, a los que ha correspondido el Rollo 141/2007, en los que aparece como parte apelante: D. Juan Antonio y Dª. Ángela representados por la procuradora Dª. MARTA SANZ AMARO, y como apelado: BANKINTER S.A. representado por la procuradora Dª. MARÍA DEL ROCIO SAMPERE MENESES, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO MOYA HURTADO.
Que los autos originales núm. 804/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 1 de los de San Lorenzo de El Escorial, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Que por el Ilmo. Sr. D. Agustín Alejandro Santos Requena, Magistrado-Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de San Lorenzo de El Escorial se dictó sentencia con fecha 31 de Julio de 2006, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "Que estimando la demanda interpuesta por BANKINTER S.A. contra D. Juan Antonio y Dª. Ángela :
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- Condeno a los demandados a pagar a la actora la cantidad de treinta y siete mil doscientos sesenta y un euros con setenta y nueve céntimos (37.261,79 euros), más el interés legal sobre dicha cantidad, devengado desde la fecha de presentación de la demanda de la que deriva el presente juicio ordinario.
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- Condeno a los demandados al pago de las costas causadas en esta instancia, siendo de aplicación los limites del art. 394 LEC."
Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandada, la Procuradora Sra. Dª. Isabel Lazo Serrano, dándole traslado del mismo a la parte demandante, quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 27 de marzo del año en curso.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Por la demandante en la instancia se ejercitó acción en reclamación de cantidad contra los demandados con motivo del contrato de préstamo suscrito.
La sentencia dictada en la instancia estimó íntegramente la demanda mostrando disconformidad contra la misma los finalmente condenados en base a los siguientes motivos de impugnación; error en la valoración de la prueba con infracción de preceptos que se citan de la LEC y del artículo 1221 del Código Civil.
El primer motivo de impugnación se sustenta en la improcedente valoración de la certificación aportada por la demandante en justificación de la póliza de préstamo suscrita. Dicha certificación, emitida por Notario, hace constar la existencia en su libro de registro de préstamos de la operación que da causa a la pretensión de la actora, que reconoce haber perdido la póliza original. La...
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