SAP Cantabria 358/2003, 29 de Octubre de 2003
Ponente | MILAGROS MARTINEZ RIONDA |
ECLI | ES:APS:2003:2063 |
Número de Recurso | 128/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 358/2003 |
Fecha de Resolución | 29 de Octubre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 3ª |
SENTENCIA 358/03 Iltmos. Sres.
Presidente.
D. AGUSTÍN ALONSO ROCA
Magistrados:
D. BRUNO ARIAS BERRIOATEGORTUA
Dª. MILAGROS MARTINEZ RIONDA
En Santander, a veintinueve de octubre de dos mil tres.
VISTOS, ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santander en grado de apelación, los presentes autos de juicio ejecutivo, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Nº 9 de Santander, seguidos entre las partes, como apelante, DON Ángel Daniel , teniendo por designado, al objeto de oír notificaciones a la Procuradora Sra. Payno Martínez, y como apelado a BANCO DE SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A., teniendo por designado, al objeto de oír notificaciones a la Procuradora Sra.Gómez Baldonedo, actuando como Ponente la Iltma. Sra. Magistrado DOÑA MILAGROS MARTINEZ RIONDA.
Que los autos de juicio ejecutivo 169/98 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Nº 9 de Santander, fueron remitidos a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santander y Cantabria, de conformidad con lo acordado en el artículo 7 de las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Que por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 9 se dictó sentencia en los mencionados autos con fecha 5 de diciembre de 2001, cuya parte dispositiva dice así:"FALLO: Que estimando la demanda formulada por el BANCO DE SANTANDER, S.A. debo desestimar y desestimo la oposición presentada por D. Ángel Daniel y DOÑA Erica y mando seguir adelante la ejecución despachada respecto de los bienes embargados, hasta hacer trance y remate de los bienes y con su producto entero y cumplido hacer pago al actor de la cantidad de 382.523 ptas. de principal, más los intereses pactados (16% anual) que se hayan devengado y se devenguen hasta el completo pago de la deuda; y con expresa imposición de costas a la parte ejecutada y opositora."
Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Instancia, remitiéndose los autos originales a ésta Sección Tercera, previa presentación en el Juzgado de Instancia de los escritos de alegación, y, señalándose la VOTACIÓN Y FALLO del presente recurso para el día de ayer.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
Se aceptan en su integridad los de la sentencia de instancia.
Se mantiene en el recurso que la cláusula de vencimiento anticipado es nula por contravenir lo dispuesto...
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