SAP Asturias 474/2002, 16 de Julio de 2002

PonenteJOSE LUIS CASERO ALONSO
ECLIES:APO:2002:2939
Número de Recurso752/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución474/2002
Fecha de Resolución16 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª

D. JOSÉ LUIS CASERO ALONSODª. Dª. BERTA ALVAREZ LLANEZAD. VÍCTOR COVIÁN REGALES

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SÉPTIMA

GIJÓN

Rollo: RECURSO DE APELACION 752 /2001

SENTENCIA Núm. 474/02

Ilmos. Sres:

PRESIDENTE: D. JOSÉ LUIS CASERO ALONSO

MAGISTRADOS:DÑA. BERTA ALVAREZ LLANEZA

D. VÍCTOR COVIÁN REGALES

En GIJON, a dieciséis de Julio de dos mil dos.

VISTOS, por la Sección 7ª de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Menor Cuantía 719/00, Rollo núm. 752/01, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Gijón; entre partes, como apelantes ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS y COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO NÚM. NUM000 C/ DIRECCION000 DE GIJÓN representados por el Procurador D. José Javier Castro Eduarte, como apelados DON Manuel representado por el Procurador Sr. Abel Celemín Viñuela, y INSTALACIONES ELÉCTRICAS IBAÑEZ representada por el Procurador Francisco Javier Rodríguez Viñes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Gijón dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 27 de junio de 2001, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rodríguez Viñes en nombre y representación de DON Manuel contra ALLIANZ, SEGUROS y REASEGUROS y Comunidad de Propietarios C/ DIRECCION001 , condeno a que Allianz, Seguros y Reaseguros y Comunidad de Propietarios C/ DIRECCION000 , a que conjunta y solidariamente indemnicen al actor en 2.057.810 ptas que devengarán el interés legal, imponiendo las costas a las condenadas.".

SEGUNDO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de ALLIANZ, SEGUROS Y REASEGUROS y COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO N° NUM000 DE LA C/ DIRECCION000 DE GIJÓN se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite, quedaron vistos para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS CASERO ALONSO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Viene concretado, en esta alzada, el debate a las costas de la instancia que, fueron impuestas a los demandados al estimarse la causa de pedir, según explica la sentencia recurrida, y ello a pesar de que la cantidad interesada de condena era la de 3.673.886 ptas y la finalmente impuesta por la sentencia recurrida la de 2.057.810 ptas., diferencia cuantitativa sobre la que los demandados condenados argumentan su recurso interesando se revoque, en cuanto a las costas, la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Para mejor compresión de lo que a continuación se exponga conviene recordar someramente el objeto del litigio y esto no es otro que por el accionante se reclama a los demandados la indemnización correspondiente a los días de curación y secuelas sufridas como consecuencia de su electrocución al manejar la lavadora de su vivienda, suceso dramático y lesivo que fue debido a la defectuosidad de las instalaciones generales del inmueble.

En este sentido, el actor reclamó la suma de 3.673.886 ptas. "y/o subsidiariamente la cantidad que se estima pertinente" (suplico de la demanda, folio 9), calculando el montante indemnizatorio propuesto de acuerdo con el baremo contenido en el Anexo de la L.R.C. y de acuerdo con esta distribución: días de incapacidad (13 días con estancia hospitalaria y 321 sin estancia pero...

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