SAP Barcelona 221/2007, 4 de Mayo de 2007

PonenteMARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUE
ECLIES:APB:2007:4405
Número de Recurso23/2006
Número de Resolución221/2007
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Decimotercera

ROLLO Nº 23/2006-B

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 314/2005

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 29 BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 221

Ilmos. Sres.

D. JOAN BAUTISTA CREMADES MORANT

Dª. Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a cuatro de mayo de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimotercera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 314/2005 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 29 Barcelona, a instancia de Dª. Elvira, contra D. Diego ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 11 de noviembre de 2005, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de Dª Elvira contra D. Diego, al que absuelvo de todos los pedimentos de la demanda, y condeno a la actora al pago de las costas del presente juicio.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 21 de noviembre de 2006.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. Mª ANGELS GOMIS MASQUÉ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con la demanda inicial la actora ejercita una acción de reclamación de cantidad que ejercita en virtud de un documento privado de "reconocimiento de deuda" en que los suscribientes, el demandado y la madre de la actora, de la que ésta es heredera, tras hacer constar la causa de la deuda que se reconoce, pactan que el pago se realizará "en el momento en que la Generalitat de catalunya le adjudique una nueva vivienda como consecuencia del expediente de expropiación indicado". Opuesto el demandado a dicha pretensión, la sentencia de primera instancia desestima la demanda al considerar que no se ha cumplido la condición suspensiva pactada, imponiendo las costas a la parte actora. Frente a dicha resolución se alza la parte demandante por medio del presente recurso mediante el que impugna exclusivamente el pronunciamiento por el que se le...

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