SAP Badajoz 188/2008, 4 de Julio de 2008
Ponente | JUANA CALDERON MARTIN |
ECLI | ES:APBA:2008:389 |
Número de Recurso | 34/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 188/2008 |
Fecha de Resolución | 4 de Julio de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª |
SENTENCIA NÚM. 188/08
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE: DON JOSÉ MARÍA MORENO MONTERO.
MAGISTRADOS:
DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN (Ponente).
DON JESÚS SOUTO HERREROS.
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Recurso Civil núm. 34/2008
AUTOS: JUICIO VERBAL núm. 432/2007.
Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Mérida.
---------------------------------------------------------------------------------------------------------En Mérida, a cuatro de julio de dos mil ocho.
VISTOS en trámite de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los Autos nº 432/2007, procedentes del
Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Mérida, siendo partes: como apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS BARRIADA
DIRECCION000 , BLOQUE NUM000 , sita en la calle DIRECCION001 , núm. NUM001 de Mérida, representada por el Procurador Sr. Perianes
Carrasco, y defendida por el Letrado Sr. Perianes Carrasco; como apelados, DON Claudio Y DOÑA María Angeles , representados por la Procuradora Sra. Cabrera Chaves, y defendidos por el Letrado Sr.
Fernández Guill.ANTECEDENTES DE HECHO
Se aceptan en cuanto son relación de trámites y antecedentes los de la sentencia apelada que con fecha 19 de Octubre de 2007 dictó la Sra. Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. 2 de Mérida .
La referida sentencia contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS BARRIADA DIRECCION000 BLOQUE NUM000 DE MÉRIDA, contra D. Claudio y Dª María Angeles , debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra. Las costas se imponen a la parte actora".
Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS BARRIADA DIRECCION000 BLOQUE NUM000 DE MÉRIDA, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la parte contraria para su impugnación o adhesión; por la representación de DON Claudio Y DOÑA María Angeles , se presentó el correspondiente escrito de impugnación del recurso y se interesó la confirmación de la sentencia impugnada, tras lo cual se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo de Sala, que fue seguido por sus trámites.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrado DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN, que expresa el parecer de la Sala
La sentencia apelada desestima la reclamación de la Comunidad de Propietarios "Barriada DIRECCION000 Bloque NUM000 " de la calle DIRECCION001 de Mérida, reclamación que tenía por objeto la suma de 152,52 euros, correspondientes a las cuotas ordinarias impagadas por la demandada desde enero de 2006 hasta febrero de 2007, y gastos de requerimientos de pago. La liquidación de la deuda y el inicio de acciones legales fue objeto de acuerdo de la comunidad de propietarios en Junta General Ordinaria celebrada el 8 de febrero de 2007.
Aun cuando la sentencia objeto de recurso parte de considerar que el acuerdo de la referida junta general es válido, pues no fue objeto de impugnación alguna dentro de los plazos legales, entiende que no procede estimar la pretensión de la demandante pues, al no haber especificado la actora los específicos servicios a que obedecen los gastos comunitarios cuyo importe se reclama, ha de entenderse, por tanto, que se corresponden con gastos de luz, agua y basura, incluyendo los de escalera; y, sigue argumentando el juzgador de...
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