SAP Asturias 65/2008, 11 de Abril de 2008

PonenteJOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ
ECLIES:APO:2008:273
Número de Recurso346/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución65/2008
Fecha de Resolución11 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 65/08 ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000346 /2007 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Ignacio Álvarez Sánchez

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Javier Antón Guijarro

En Oviedo a, once de abril de dos mil ocho.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de

JUICIO VERBAL 53/2007, procedentes del JDO. 1ª. INST. E INSTRUCCION N.1 de CASTROPOL, Rollo 346/2007, entre partes, como Apelante DON Juan Manuel y como Apelado COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Castropol dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 13 de abril de 2007 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimo la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 condenando a D. Juan Manuel a la cantidad de 606,44 €; con imposición expresa de costas a la parte demandada.".

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por laparte demandada, que fue admitido en ambos efectos, previstos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 11 de abril de 2008, quedando los autos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales. VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Don José Ignacio Álvarez Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se formula el presente recurso de apelación frente a la sentencia que puso término al procedimiento en la primea instancia, la cual estimó la demanda y condenó al demandado a abonar a la Comunidad de Propietarios la cantidad de 606,44 euros, con imposición de costas.

Expone el apelante que no fue convocado a las Juntas de Propietarios en las que se tomaron los acuerdos que acordaron las derramas que aquí se le reclaman. Pero lo cierto es que vive en el edificio, tal y como consta en el poder apud acta otorgado a su Procuradora (F 21) y que, además de que la Presidente de la Comunidad declaró que la convocatoria se colocaba en el portal, corrobora esta...

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