SAP Jaén 423/2000, 13 de Septiembre de 2000
Ponente | JOSE REQUENA PAREDES |
ECLI | ES:APJ:2000:1481 |
Número de Recurso | 40/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 423/2000 |
Fecha de Resolución | 13 de Septiembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
SENTENCIA Núm. 423
Ilmos. Sres.
Presidente
D. FERNANDO BERMUDEZ DE LA FUENTE
Magistrados
D. JOSE REQUENA PAREDES
D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA
En la ciudad de Jaén, a trece de Septiembre de dos mil.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio de Cognición seguidos en primera instancia con el núm. 242/92, por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Linares , rollo de apelación de esta Audiencia núm. 40/00, a instancia de D$ Flora , representada en la instancia por la Procuradora Sra. Barranco Polaina y defendida por el Letrado Sr. Barranco Polaina contra D. Carlos Ramón , representado en la instancia por la Procuradora Sra. Blesa de la Parra y defendido por el Letrado Sr. Serrano Miñan.
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° dos de Linares con fecha nueve de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por DOÑA MARIA LINAREJOS BARRANCO POLAINA CALLES, en nombre y representación de DOÑA Flora , contra DON Carlos Ramón , debo condenar y condeno al demandado a la demolición del tabique levantado entre su plaza de garaje y la de la actora, restableciendo la situación y configuración de las plazas al momento anterior a la realización de las obras; obligándole a abstenerse en el futuro de construir cualquier otra pared c muro divisoria entre ambas plazas de garaje; Condenando a la parte demandada al abono de las costas de este procedimiento.".
Contra dicha Sentencia se interpuso el demandado, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Linares, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso interesando la revocación de la Sentencia por otra desestimatoria de la demanda.
Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación se presentó escrito impugnándolo por la actora que solicitó la confirmación con imposición de costas al apelante; remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JOSE REQUENA PAREDES.
ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.
La Sentencia de instancia acogiendo íntegramente la demanda condenó a eliminar la obra de cerramiento realizada por el...
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...situación esta que no debe ser amparada desde una recta interpretación del derecho, en el mismo sentido se pronuncia la SAP de Jaen de 13 de septiembre de 2000, SAP de Málaga de 30-12-99, entre otras, autorización que por otro lado no puede ser inferida en modo alguno porque la misma no hay......
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