SAP Murcia 200/2007, 21 de Septiembre de 2007

PonenteJAIME GIMENEZ LLAMAS
ECLIES:APMU:2007:1996
Número de Recurso40/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución200/2007
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00200/2007

S E N T E N C I A

Nº 200/07.

Ilmos. Sres.

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Jaime Giménez Llamas

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a veintiuno de septiembre del año dos mil siete.

Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio ordinario, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Dos de Totana y seguidos ante el mismo con el nº 427/04, Rollo nº 40/07, en los que figura como demandante don Constantino, representado por la Procuradora Sra. De Alba y Vega, asistido del Letrado Sr. Marco Pérez y como demandada la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 de Puerto de Mazarrón, sita en la CALLE000 nº NUM000, representada por el Procurador Sr. Botía Sánchez y defendidos por la Letrada Sra. Del Castillo Rodríguez; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 28 de octubre de 2.005, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Jaime Giménez Llamas, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO: ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Don Juan María Gallego Iglesias, en nombre y representación de Don Constantino, contra LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO000, representados por el Procurador de los Tribunales Don Francisco Botía Llamas, y en consecuencia,

  1. - CONDENAR a la parte demandada a abonar a la parte actora la suma de 3.606'07.- euros en concepto de indemnización por daños.

  2. - CONDENAR a la parte demandada a abonar a la parte actora la suma de 5.409'18.- euros, en concepto de indemnización por los perjuicios ocasionados a la parte actora.

  3. - No procede condena al pago de las costas procesales a ninguna de las partes, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad".

Segundo

Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte demandada, recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaba la impugnación, el cual fue admitido a trámite, dándose traslado del referido recurso a las demás partes a fin de que pudieran oponerse al mismo o impugnar a su vez la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 40/07 de Rollo. Tras personarse la apelada, no haciéndolo la apelante, por providencia del día 9 de julio de 2.007, se señaló el día 20 de septiembre siguiente, para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Por la parte demandada se pretende que se revoque la sentencia dictada en primera instancia y que, en su lugar, se dicte otra por la que se estimen los pedimentos de su recurso, consistentes en considerar excesivas las cantidades reconocidas en la...

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