SAP Badajoz 208/2002, 13 de Julio de 2002

PonenteMARINA DE LA CRUZ MUÑOZ ACERO
ECLIES:APBA:2002:859
Número de Recurso413/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución208/2002
Fecha de Resolución13 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

SENTENCIA N º208/2002.

ILMOS. SRS................................... /

PRESIDENTE ................................/

Dª. MARINA MUÑOZ ACERO (Ponente)

MAGISTRADOS.............................. /

JOSE ANTONIO PATROCINIO POLO

D. FRANCISCO RUBIO SÁNCHEZ

Recurso Civil núm. 413/01

Autos de JUICIO VERBAL núm. 281/00

Juzgado lª Instancia de VILLANUEVA DE LA SERENA NUM. 2.

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En MERIDA, a trece de Julio de 2002.

Vistos, en trámite de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los Autos nº 281/2000, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de VILLANUEVA DE LA SERENA NUM. 2, sobreJuicio Verbal, en los que aparece como apelante D. Mariano , asistido del Letrado Sr. DE MIGUEL VILLANUEVA y representado por el Procurador Sr. TORRES JIMENEZ , y como parte apelada D. Sergio .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan en cuanto son relación de trámites y antecedentes los de la sentencia apelada que con fecha 27/03/01 dictó el Sr. Juez de Primera Instancia de VILLANUEVA DE LA SERENA NUM. 2.

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente Fallo: "Que desestimando la demanda promovida por el Procurador D. Manuel Torres Jimenez, en nombre y representación de D. Mariano , contra la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en la Plaza de Maura 11 , contra D. Sergio y contra D. José , dedo absolver y absuelvo a los indicados demandados de todos los pedimentos contenidos en el suplico de aquella, y todo ello con imposición a la parte actora de las costas de este procedimiento ".

TERCERO

Contra expresada sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte actora, que le fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la contraparte, para su adhesión o impugnación al mismo, y una vez verificado se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo de Sala, que fue seguido por sus trámites.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente la Ilma. Sra Dª MARINA MUÑOZ ACERO

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

En la presente litis, que se enjuicia en grado de apelación en esta alzada, se interesa por la parte actora la autorización judicial para abrir una puerta en la segunda plante de su vivienda y acceder de este modo a la escalera común del edificio, para mejorar sus condiciones de evacuación, accesibilidad y habitabilidad, habida cuenta de su condición de ser una persona mayor de 70 años y de convivir con el mismo una nieta con grave minusvalía, y que le fue denegada por la comunidad de propietarios en Junta extraordinaria celebrada al efecto, en la que se opusieron a dicha autorización los dos comuneros que son llamados como tales demandados por la misma, uno de los cuales, en el acto del juicio celebrado al efecto, se allanó a dicha pretensión, por considerar que dicha obra no causaba perjuicio alguno, en tanto que el otro demandado manifestó su discrepancia argumentando, en definitiva, que no se ha logrado alcanzar la mayoría de votos y cuotas necesarias para conseguir dicho acuerdo y que la proyectada obra carece de todo apoyo lógico y jurídico desde el momento que no eliminan, a su juicio, barrera arquitectónica alguna, y de que, en todo caso, habría otras soluciones menos gravosas para facilitar el acceso a la segunda planta de dicha vivienda que la solicitada, que considera, además, que no puede ser atendida al no haberse presentado con dicha propuesta el preceptivo proyecto técnico, por lo que suplica que se desestime la pretensión actora, mandando a la misma reponer la pared, a su estado anterior, dado que tal obra, según arguye también, aunque de un modo un tanto impreciso, invade la intimidad de algunos vecinos. Habiendo recaído en la instancia sentencia desestimatoria de la postulación actora, tras rechazar el allanamiento referido de uno de los demandados por estimar que vulnera el límite del orden público, lo que es combatido ahora por la parte actora recurrente reproduciendo en suma los argumentos que ya...

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