SAP Alicante 292/2007, 19 de Julio de 2007

PonenteLUIS ANTONIO SOLER PASCUAL
ECLIES:APA:2007:2326
Número de Recurso74/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución292/2007
Fecha de Resolución19 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 8ª

ROLLO DE SALA Nº 383 (M-74) 07

PROCEDIMIENTO Juicio Verbal 310/06

JUZGADO de lo Mercantil nº 2 Alicante

SENTENCIA Nº 292/07

Ilmos.

Presidente: D. Enrique García Chamón Cervera

Magistrado: D. Luis Antonio Soler Pascual

Magistrado: D. Francisco José Soriano Guzmán

En la ciudad de Alicante, a diecinueve de julio del año dos mil siete

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, seguido en instancia ante el Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Alicante con el número 310/06, y de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Dª. Marí Trini, representada ante este Tribunal por el Procurador Dª. María del Carmen Díaz García y dirigida por el Letrado D. José Miguel Martínez Berenguer; y como parte apelada la actora SGAE, representada ante este Tribunal por el Procurador Dª. Silvia Pastor Berenguer y dirigida por el Letrado D. Antonio Martínez Boda, que ha presentado escrito de oposición.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Mercantil número dos de los de Alicante, en los referidos autos tramitados con el núm. 310/06, se dictó sentencia con fecha 15 de enero de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Pastor Berenguer en nombre y representación de Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y consiguientemente: Declaro que Doña Marí Trini debe satisfacer a la actora, por la comunicación pública de obras sin autorización en el establecimiento "La Ruta", sito en Elche y por el periodo comprendido entre febrero de 2006 y junio de 2006, la suma de 589,93 euros, condenándola al pago de tal cantidad y al abono del interés legal desde la fecha de interposición de la demanda (15 de septiembre de 2006) que será incrementado en dos puntos desde la fecha de esta resolución. Cada parte deberá abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte arriba referenciada; y tras tenerlo por preparado, presentaron el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a las demás partes, presentándose los correspondientes escritos de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal con fecha 7 de julio de 2007 donde fue formado el Rollo número 383/M-74/07, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 19 de julio de 2007, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo Sr. D. Luis Antonio Soler Pascual.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La reclamación que efectúa SGAE en base a los artículos 428 CC, 2, 17 y 20 y concordantes del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, trae causa fáctica en la afirmación de comunicación pública en el local destinado a café-bar denominado La Ruta, propiedad de la demandada, por medio de aparato receptor de TV y aparato musical, de obras incluidas en el repertorio que la SGAE gestiona sin la debida autorización, concluyendo la Sentencia de instancia que en efecto queda probada...

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