SAP León 207/2006, 3 de Octubre de 2006

PonenteALFONSO LOZANO GUTIERREZ
ECLIES:APLE:2006:1095
Número de Recurso321/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución207/2006
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

LEON

SENTENCIA: 00207/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

LEON

Sección 001

Domicilio : C/ EL CID, NÚM. 20

Telf : 987.23.31.35

Fax : 987.23.33.52

Modelo : SEN00

N.I.G.: 24089 37 1 2005 0102352

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000321 /2005 CIVIL

Juzgado procedencia : JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.5 de LEON

Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000332 /2005

RECURRENTE : Juan Enrique

Procurador/a : BEATRIZ FERNANDEZ RODILLA

Letrado/a :

RECURRIDO/A : Gabino

Procurador/a : CRISTINA DE PRADO SARABIA

Letrado/a :

S E N T E N C I A Nº 207/06

ILMOS.:SRES.:

D. ALFONSO LOZANO GUTIÉRREZ.- Presidente Accidental

D. TEODORO GONZÁLEZ SANDOVAL Magistrado

D.- AGUSTIN PRIETO MORERA.- Magistrado Suplente

En la ciudad de León a tres de Octubre de dos mil seis.

VISTOS ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de León el recurso arriba indicado, en el que han sido partes de una como apelante Juan Enrique representado por la Procuradora Fernández Rodilla; de otra como apelado Gabino representado por la Procuradora de Prado Sarabia, actuando como Ponente el ILMO. SR. D. ALFONSO LOZANO GUTIÉRREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 31 de Mayo de 2005 se dictó por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de León Sentencia cuya parta dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO.- ESTIMO ÍNTEGRAMENTE las pretensiones contenidas en la demanda formulada por D. Gabino, contra D. Juan Enrique y DECLARO que la finca del demandante no está gravada con servidumbre de paso a favor de la finca del demandado, CONDENANDO a la parte demandada al pago de las costas procesales ocasionadas en la primera instancia.

SEGUNDO

Contra la mencionada Sentencia se interpuso por la parte apelante recurso de apelación solicitando el recibimiento de prueba, dándose traslado del mismo a las demás partes a fin de que puedan impugnarlo o adherirse.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala de la Audiencia, se les dio número de Rollo.

CUARTO

‹ span style='font-size:14.0pt;line-height:150%;font-family:Arial'› En el acto de la vista por el recurrente se interesa la revocación de la sentencia y desestimación de la demanda a lo que se opone la parte actora que interesa el no acogimiento del recurso y confirmación de la sentencia con costas

QUINTO

‹ span style='font-size:14.0pt;line-height:150%;font-family:Arial'› La resolución es dictada en plazo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

SE ACEPTAN los de la resolución de instancia

SEGUNDO

Es objeto de apelación la sentencia dictada en el juicio Verbal nº 332/05 del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de esta ciudad que acogiendo la demanda interpuesta por la representación de D. Gabino en su condición de titular dominical de la finca sita en el pueblo de Palacio de Torio descrita en el hecho primero del escrito rector al amparo de los artículos 398 y 539 y concordantes del C. Civil peticiona que se declare que la misma no esta gravada con servidumbre alguna de paso continuo a favor de la finca del demandado D. Juan Enrique, condenando a la parte demandada a estar y pasar por tal declaración y al pago de las costas procesales

El demandado interpone recurso de apelación sobre la base de la valoración errónea en instancia de la doctrina jurisprudencial de ejercer acción negatoria de servidumbre de paso y sobre la calificación de supuesta servidumbre así como sobre la consideración de que el demandado no posee derecho de paso permanente hacia la finca actora por la calle El Paso, desarrollando tales puntos junto con el del resultado de la prueba documental llevada a cabo en la segunda instancia a su propuesta y el conjunto de la prueba litigiosa por ambas partes del actor y la de alzada determina la existencia de un camino entre las fincas propiedad de las partes lo que impide el éxito deseado por la parte actora y consecuentemente conlleva a que peticione la revocación de la sentencia de instancia y desestimación de la demanda con...

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