SAP Cantabria 310/2006, 31 de Mayo de 2006

PonenteMILAGROS MARTINEZ RIONDA
ECLIES:APS:2006:867
Número de Recurso493/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución310/2006
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 310/06

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Miguel Carlos Fernández Díez.

Iltmos. Sres. Magistrados:

Don Bruno Arias Berrioategortúa.

Doña Milagros Martínez Rionda.

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En la Ciudad de Santander a treinta y uno de mayo de dos mil seis.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Ordinario número 766 de 2004, sobre reclamación de cantidad y obligación de hacer, (Rollo de Sala número 493 de 2005), procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de los de Santander , seguidos entre partes, de la una como demandante-reconvenida la mercantil Jomagon Fachadas S.L., y de la otra como demandada- reconvenida, la DIRECCION000 de Santander.

En esta segunda instancia han sido partes apelantes: JOMAGÓN FACHADAS S.L., representada por el Procurador D. Maximiliano Arce Alonso y dirigida por el Letrado D. Pedro Herreros de las Cuevas; y la DIRECCION000 , representada por la Procuradora Dª Ana Sáez Bereciartu y dirigida por la Letrada Dª Marta Fernández Cobo.

Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrada Doña Milagros Martínez Rionda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Sra. Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de los deSantander y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 17 de mayo de 2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Se estima la demanda interpuesta por la mercantil Jomagon Fachadas S.L., representada por el procurador de los tribunales Sr. Arce Alonso, asistida por el letrado Sr. Herreros de las Cuevas, contra la DIRECCION000 de Santander, representada por la procuradora de los tribunales Sra. Sáez Bereciartu, asistida por la letrada Sra. Fernández Cobo y se condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 5.452 euros, los intereses legales desde la presentación de la demanda hasta su completo pago y las costas procesales y estimándose parcialmente la reconvención formulada de contrario, se condena a la actora, a realizar en la fachada posterior del edificio, las obras de reparación necesarias, tal y como se detallan en el dictamen del perito Sr. Vicente , a realizar en los patios inferiores y en el muro posterior del edificio, las obras de reparación necesarias, tal y como se detallan en el dictamen del perito Sr. Victor Manuel , así como a colocar un vierteaguas y al pago de las costas de la reconvención.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por las representaciones procesales de ambas partes, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y una vez finalizado se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se tramitó el correspondiente rollo de sala y se señaló para la deliberación y fallo del recurso el pasado día 23 del presente mes, quedando pendiente de resolver.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados con anterioridad.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen, y

PRIMERO

En el recurso interpuesto por la...

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