SAP Madrid 364/2006, 20 de Septiembre de 2006

PonenteLOURDES RUIZ DE GORDEJUELA-LOPEZ
ECLIES:APM:2006:12663
Número de Recurso88/2004
Número de Resolución364/2006
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

LOURDES RUIZ DE GORDEJUELA-LOPEZ FELIX ALMAZAN LAFUENTE MARIA JOSE ALFARO HOYS

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 11

MADRID

SENTENCIA: 00364/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 88 /2004

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ

D. FELIX ALMAZAN LAFUENTE

Dª. MARIA JOSE ALFARO HOYS

En MADRID, a veinte de septiembre de dos mil seis.

La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 950 /2001 del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 18 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante D. Ismael, representado por el Procurador Sr. Otones Puentes, y de otra, como apelados D. Luis Pablo, D. Fermín, MAPFRE, representados por los Procuradores Sras. Gómez Córdoba y Redondo García, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Madrid, con fecha cinco de junio de dos mil dos se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: «FALLO: Que desestimando la demanda formulada por el Procurador DON DANIEL OTONES PUENTES, en nombre y representación de Ismael, contra DON Luis Pablo a quien representa la Procuradora DOÑA GEMMA GOMEZ CORDOBA, MAPFRE, a quien representa la procuradora DOÑA LOURDES REDONDO GARCIA y Fermín en situación procesal de rebeldía, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones contra ellos deducidas, condenado al actor al pago de las cotas causadas ».

SEGUNDO

Contra la anterior resolución, previa su preparación en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación la representación procesal de DON Ismael habiendo presentado la representación procesal de MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS el correspondiente escrito de oposición al recurso. Los autos se turnaron a esta Sección para resolverlo. La representación procesal de la parte apelante solicitó la práctica de prueba en esta alzada, pretensión que le fue denegada por auto de 25 de junio de 2004 al que la expresada representación se aquietó al no haber interpuesto contra el mismo recurso de reposición.

TERCERO

No considerándose necesaria la celebración de vista pública, se señaló la deliberación, votación y fallo del recurso, una vez remitido el CD que documentaba el juicio oral, para el día seis de septiembre de dos mil seis.

CUARTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada siempre que no sean contradichos ni modificados por los que a continuación se exponen.

PRIMERO

La sentencia dictada en la primera instancia con el fallo que hemos reproducido en el antecedente de hecho primero de ésta, ha sido apelada por la representación procesal de Don Ismael, que en el escrito de interposición del recurso alega que el juzgador del primer orden jurisdiccional incurre en error de valoración de la prueba, pues considera que se equivoca al apreciar el atestado del que extrae sus particulares consecuencias que, por supuesto, son contrarías a la que se contiene en la sentencia, e insiste en que el causante del accidente, por circular sin prestar la debida atención, fue el Sr. Luis Pablo de quien afirma, además, con base en la condena de la sentencia penal, que se encontraba incapacitado física y psíquicamente para conducir. En lo que atañe a la condena en costas mantiene que estamos ante un caso jurídicamente dudoso y esta afirmación la apoya en jurisprudencia que, sin citar, dice recaída en casos similares, y en que en los supuestos de accidentes de circulación se viene declarando culpable al conductor que circula bajo los efectos de bebidas alcohólicas cuando queda acreditado que éstas afectaban a sus capacidades físicas y psíquicas, circunstancias que dice probadas en este caso a pesar de lo cual no se le ha declarado culpable del accidente.

Por lo expuesto, solicita que se dicte sentencia por la que se revoque la...

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