SAP Madrid 322/2006, 13 de Julio de 2006

PonenteRAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON
ECLIES:APM:2006:9804
Número de Recurso154/2005
Número de Resolución322/2006
Fecha de Resolución13 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª

JUAN VICENTE GUTIERREZ SANCHEZ RAMON FERNANDO RODRIGUEZ JACKSON SANTIAGO GARCIA FERNANDEZ

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 20

MADRID

SENTENCIA: 00322/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 20ª

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 154 /2005

Ilmos. Sres. Magistrados:

JUAN VICENTE GUTIÉRREZ SÁNCHEZ

RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON

SANTIAGO GARCÍA FERNÁNDEZ

En MADRID, a trece de julio de dos mil seis.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de QUIEBRA 70 /1999, procedentes del JDO. 1A.INST. E INSTRUCCION N. 2 de TORREJON DE ARDOZ, a los que ha correspondido el Rollo 154 /2005, en los que aparece como parte apelante PUTZ STAR MEDITERRANEO, S.L. y como apelado TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDA SOCIAL, sobre Quiebra fraudulenta, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Torrejón de Ardoz, en fecha 19 de mayo de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimo la demanda formulada por el Ministerio Fiscal contra la Entidad Putz Star Mediterráneo S.L. y debo declarar y declaro la quiebra fraudulenta de la Entidad Putz Star MediterráneoS.L, todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la Entidad Putz Star Mediterraneo S.L.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para la deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.

TERCERO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia de 13 de diciembre de 2002 recaída en la pieza quinta del procedimiento de quiebra necesaria de la mercantil "PUTZ STAR MEDITERRÁNEO, S.L." seguida con el nº 70/1999 por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Torrejón de Ardoz, se alza la representación procesal de la quebrada que cuestiona el dictamen del Ministerio Fiscal; el informe emitido por el Comisario y el informe emitido por los Síndicos, negando que exista falta e los libros de contabilidad que son preceptivos según el Código de Comercio; alegando que no se ha procedido ni por el Sr. Comisario ni por los Sres. Síndicos a un estudio exhaustivo de los libros contables de la quebrada, y que efectivamente la causa de la quiebra fue la compra o absorción de la sociedad "Multi-Spray, S.L.", pero que ésta fue una operación simple y de buena fe; que Don Jesús María era Administrador de "PUTZ STAR MEDITERRÁNEO, S.L." facultades para tal operación; que es cierto que se contabilizaron los activos de la sociedad adquirida y que se realizaron pagos a los proveedores de "Multi-Spray,...

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