SAP Barcelona, 17 de Marzo de 2000

PonenteRAFAEL GIMENO-BAYON COBOS
ECLIES:APB:2000:3418
Número de Recurso471/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

SENTENCIA Núm.

Iltmos. Sres. Magistrados

D. RAFAEL GIMENO BAYÓN COBOS

Dña. MARTA RALLO AYEZCUREN

Dña. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

En Barcelona, a diez y siete de marzo de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial de Barcelona, los presentes autos de impugnación de acuerdos de la junta de examen y reconocimiento de créditos en la quiebra núm. 310/1994, seguidos ante Juzgado de Primera Instancia núm. 33 de Barcelona , promovidos por BANCO PASTOR, S.A., representada por la Procuradora Dña. Ana Roger Planas, contra SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE FAPERT, S.A., los cuales penden ante esta Audiencia en virtud del recurso de apelación interpuesto por BANCO PASTOR, S.A., contra la sentencia de fecha 15 de septiembre de 1997 , dictada en los expresados autos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Doña Ana Roger Planas en representación de la entidad BANCO PASTOR, S.A., debo declarar y declaro no haber lugar ala inclusión del crédito solicitado por la entidad demandante incidental en la relación de acreedores de la entidad quebrada Fapert, S.A., todo ello con expresa imposición a la entidad demandante del pago de las costas causadas en el presente procedimiento incidental".

SEGUNDO

Compareció en esta alzada la recurrente bajo la misma representación con la que lo hizo en la primera instancia, y la SINDICATURA DE LA QUIEBRA DE FAPERT, S.A., representada por la Procuradora Dña. Esther Ribote Cantos.

Para la celebración de la vista pública del recurso se señaló la audiencia del día 10 de marzo de 2000, con el resultado que obra en la precedente diligencia extendida por el Sr. Secretario.Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL GIMENO BAYÓN COBOS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La instante del incidente de impugnación de acuerdos de la junta de examen y reconocimiento de créditos de la quiebra de la mercantil FAPERT, S.A., apela la sentencia que deniega el reconocimiento del crédito que la misma afirma ostentar contra la quebrada, y como fundamento de su derecho alega la interna contradicción de la resolución impugnada que, con invocación de los artículos 1175 en relación con el 1156 y siguientes del Código Civil atribuye ala cesión en prenda de créditos, los efectos del pago.

SEGUNDO

Admitida la prenda de créditos ya en el Derecho romano "quod emptionem venditionem que recipit, etiam pignerationem recipere potest" (Digesto 20.1.9.1)- y en nuestro derecho histórico "otrosi dezimos, que y todas las debdas, que deuan a un ome que las puede empeñar a otro, con todos los derechos que ha en ellas. E aquel que las rescibe en peños, puede las demandar en juyzio, e fuera de juyzio, bien assi como faria aquel a quien las deuen, que gelas empeño" (Quinta...

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