SAP Girona 415/2002, 17 de Julio de 2002
Ponente | JOAQUIN MIGUEL FERNANDEZ FONT |
ECLI | ES:APGI:2002:1349 |
Número de Recurso | 250/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 415/2002 |
Fecha de Resolución | 17 de Julio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 2ª |
SENTENCIA n° 415/2002.
SALA
Ilmos. Sres. Magistrados
D. José Isidro Rey Huidobro
D. Joaquim Fernández Font
D. Joan Manuel Abril Campoy
Girona, a diecisiete de julio de dos mil dos.
En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelante D. Juan Pablo , representado por la Procuradora Dña. Mª. ANGELS VILA REYNER y defendido por el
Letrado D. CELIA CARBONERA SANCHEZ.
Ha sido parte apelada D. Augusto , representado por la Procuradora Dña. DOLORES SOLER RIERA y defendido por el Letrado D. RAMON BLANCH POMAR.
Y D. Ernesto , Ignacio , José , Marcelino , Rafael Y Silvio .
El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de D. Augusto representado por la procuradora DÑA. DOLORS SOLER RIERA contra D. Ernesto representado por la procuradora DÑA. FRANCINA PASCUAL SALA y D. Ignacio , José , D. Marcelino , D. Juan Pablo , Rafael Y
D. Silvio .
La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva: " Queestimando íntegramente la demnda de portección registral por D. Augusto contra D. Ignacio , D. José , D. Marcelino , D. Juan Pablo , D. Rafael y D. Silvio y D. Ernesto y desestimando la demanda de contradicción interpuesta por este último debo condenar a los citados demandados a respetar y reconocer el derecho de propiedad del Sr. Augusto sobre la finca conocida como Massia del DIRECCION000 y consecuentemente abastenerse en lo sucesivo de obstaculizar o impedir la posesión de la citad finca y desalojarla, dejándola libre y a disposición del Sr. Augusto con apercibimiento de lanzamiento en su caso y con abono de daños y perjuicios a determinar en ejecución de Sentencia así como al pago de las costas causadas en el presente procedimiento todo ello sin perjuicio de que las parte puedan acudir al procedimiento ordinario correspondiente para hacer valer su derecho si les conviniere. "
En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocí miento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.
En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló para la deliberación y votación del recurso el día quince de julio de dos mil dos.
Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso al Ilmo. Sr. D. Joaquim Fernández Font, quien expresa en esta sentencia el criterio unánime de la Sala.
La parte apelante solicita la nulidad de todo lo actuado desde que fue emplazado para presentar demanda de contradicción, ya que considera que en el acto del emplazamiento se produjeron una serie de defectos formales que han motivado que no tuviera conocimiento de la demanda y que, en consecuencia, no compareciera al proceso, lo que le ha generado indefensión.
Se alega, en primer lugar, que el emplazamiento debió efectuarse de manera personal, y de no encontrar ala persona del apelante, así debió haberse...
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