SAP Barcelona 624/2004, 3 de Noviembre de 2004

PonenteMYRIAM SAMBOLA CABRER
ECLIES:APB:2004:13107
Número de Recurso339/2004
Número de Resolución624/2004
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA N ú m. 624/04

Ilmos. Sres.

Dª AMELIA MATEO MARCO

Dª MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

Dª MYRIAM SAMBOLA CABRER

En la ciudad de Barcelona, a tres de noviembre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Procedimiento Ordinario nº 114/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Hospitalet de LLobregat , a instancia de D. Jose Ignacio , contra D. Cesar ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 21 de Enero de 2004 , por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando integramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales, D. JORDI XIPELL SUAZO, en nombre y representación de D. Jose Ignacio , contra D. Cesar , representada por el Procurador de los Tribunales, D. PEDRO VIDAL BOSCH, debo condenar y condeno a la parte demandada a que pague y devuelva a la parte actora la cantidad de 58.298,17 Euros. Respecto de los intereses deberá estarse a lo dispuesto en el Fundamento de Derecho Quinto de ésta Resolución. Se imponen las costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito de fecha 26 de Marzo de 2004; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día DIECISEIS DE SEPTIEMBRE ACTUAL.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MYRIAM SAMBOLA CABRER.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los de la sentencia apelada.

PRIMERO

La parte actora en su escrito de demanda reclama de la adversa la cantidad de

58.298,17 euros equivalentes a nueve millones setecientas mil pesetas, basando tal reclamación en la apropiación sin causa del cheque por tal valor cobrado por el actor en la operación de compraventa de la casa.

El hecho quinto del escrito de demanda indica de forma textual que "del referido cheque de 9700.000 Ptas. se apropió sin causa el hijo del actor, hoy demandado D. Cesar , quien lo hizo suyo como si fuera el autentico propietario titular dominical y vendedor de la finca referida en el numero 3 , pese a las protestas, reproches, y censuras de su padre, hoy actor quien percibe y percibía una exigua pensión y necesitaba el dinero para ingresar en una residencia de ancianos".

La parte demandada opone que la cantidad reclamada fue donada por el demandante a su hijo siendo incierto que se apropiara del referido talón. Habiéndose abonado al actor desde el dos de noviembre de 1999 la cantidad de un millón ochocientas cincuenta y dos mil seiscientas setenta y cuatro pesetas equivalentes a once mil ciento treinta y cuatro euros con setenta y nueve euros.

Posteriormente en el acto de la audiencia previa manifiesta ejercitar la acción reivindicatoria.

SEGUNDO

El recurso debe ser acogido.

Basada la pretensión actora inicialmente en el artículo 1901 CC debe indicarse como establece el TS en Sentencia de fecha 8 de julio de 2003 , que "la doctrina del enriquecimiento injusto debe ser aplicada con extraordinaria cautela ya que, de otro modo, es...

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