SAP La Rioja 155/2001, 14 de Marzo de 2001

PonenteMARIA DE LA MERCEDES OLIVER ALBUERNE
ECLIES:APLO:2001:226
Número de Recurso12/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución155/2001
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA N° 155 DE 2001

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio de cognición n° 61/00, rollo de apelación n° 12/01, contra la sentencia de fecha 14 de noviembre de 2000, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° 6 de Logroño; recurrida por 1°.- "SEGUROS AXA-AURORA IBÉRICA SA" y "ZARDOYA OTIS SA", representadas por la Procuradora Sra. Purón Picatoste y asistidas del Letrado Sr. Purón Michel; y 2°.- Dª. Antonia , representada por la Procuradora Sra. Urdiáin Laucirica y asistida de la Letrada Sra. Victoria de Pablo; siendo apelados: 1°.- "COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 N° NUM000 DE LOGROÑO", representada por el Procurador Sr. Salazar Otero y asistida del Letrado Sr. Esteban Gorostiola; y 2°.- "SEGUROS AEGÓN SA", asistidos del Letrado Sr. Castillo Martínez; recurso en el que ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª Mercedes Oliver Albuerne.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 14 de noviembre de 2000, se dictó sentencia en cuyo Fallo se recogía: "Que, estimando parcialmente la demanda formulada por Dª. Antonia , en reclamación de cantidad, contra ZARDOYA OTIS SA y AXA (antes UAP IBÉRICA), debo condenar y condeno a las referidas demandadas, solidariamente, al pago a la actora de TRESCIENTAS VEINTISÉIS MIL TREINTA Y SEIS (326.036) pesetas, más los intereses moratorios respecto a la aseguradora, sin especial imposición de costas; desestimando las pretensiones deducidas frente a la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE C/ DIRECCION000 N° NUM001 , y frente a AEGON, con imposición a actora y demandadas condenadas, por mitad, de las costas procesales causadas por la indebida llamada al pleito de éstas".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de "SEGUROS AXA-AURORA IBÉRICA SA", "ZARDOYA OTIS SA" y Dª. Antonia , se interpuso recurso de apelación que fue admitido, con traslado por cinco días a las demás partes para alegaciones, y con remisión final de los autos a esta Ilma. Audiencia Provincial, en la que se formó el rollo de apelación correspondiente y se turnó procedentemente para dictar resolución.

TERCERO En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dos son los recursos a examinar en esta segunda instancia:

Uno.- El interpuesto por la representación de los codemandados "Axa-Aurora Ibérica SA" y "Zardoya Otis SA", en solicitud de que se revoque parcialmente la sentencia, en el sentido de declarar no haber lugar a la imposición de los intereses moratorios del artículo 20 de la LCS, y de no haber lugar a imponer las costas relativas a los codemandados absueltos.Dos.- El interpuesto por la representación de la parte actora, interesando que se revoque la sentencia dictada en la instancia, en el sentido de no haber lugar a la imposición de las costas por mitad a su representada de los codemandados absueltos.

SEGUNDO

Analizaremos, en primer lugar, el recurso interpuesto por la representación de la parte codemandada, en cuanto al motivo relativo al pronunciamiento de condena al pago de los intereses moratorios del artículo 20 de la LCS, para posterior análisis conjunto de los motivos esgrimidos por ambas partes recurrentes en relación al pronunciamiento de condena...

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