SAP Badajoz 190/2008, 2 de Junio de 2008

PonenteJUANA CALDERON MARTIN
ECLIES:APBA:2008:384
Número de Recurso114/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución190/2008
Fecha de Resolución 2 de Junio de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 190/08

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE: DON JOSÉ MARÍA MORENO MONTERO.

MAGISTRADOS:

DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN (Ponente).

DON JESÚS SOUTO HERREROS.

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Recurso Civil núm. 114/2008

AUTOS: JUICIO ORDINARIO núm. 302/2007.

Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Don Benito.

En Mérida, a dos de Junio de dos mil ocho.

VISTOS en trámite de apelación ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial los Autos nº 302/2007, procedentes del

Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Don Benito, siendo partes: como apelante, DON Humberto ,

representado por la Procuradora Sra. Sánchez Moreno, y defendido por el Letrado Sr. Granados Fernández de Arévalo; como

apelado, DOÑA Marí Jose , representada por la Procuradora Sra. Aranda Téllez, y defendida por el Letrado

Sr. de Miguel Guisado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan en cuanto son relación de trámites y antecedentes los de la sentencia apelada que con fecha 29 de Enero de 2008 dictó la Sra. Juez de Primera Instancia núm. 2 de Don Benito .

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente FALLO: "Estimar íntegramente la demanda interpuesta por Doña María José Dávila Martín-Sauceda, en nombre y representación de Doña Marí Jose y procede Condenar a D. Humberto a abonar a aquella la cantidad de dos mil euros (12.000 €) mas los intereses legales que correspondan.

Las costas del procedimiento deberán ser satisfechas por el demandado".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de DON Humberto , que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la parte contraria para su impugnación o adhesión; por la representación de DOÑA Marí Jose , se presentó el correspondiente escrito de impugnación del recurso y se interesó la confirmación de la sentencia impugnada, tras lo cual se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo de Sala, que fue seguido por sus trámites.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales

VISTO siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrado DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN, que expresa el parecer de la Sala

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia apelada estima la demanda presentada por la Sra. Marí Jose en la que reclamaba a D. Humberto la cantidad de 12.000 euros, al haberse cumplido las condiciones que se pactaron en el acuerdo o contrato pactado entre los litigantes en el curso del procedimiento de su divorcio.

El apelante sostiene que el acuerdo al que en su día llegaron actora y demandado es nulo, y que en modo alguno se ha cumplido -por imposible- la condición pactada. Pues bien, las razones que, en pro de la mentada nulidad, expresa el apelante en su escrito de interposición del recurso no son atendibles a juicio de la Sala, mereciendo pleno respaldo la argumentación contenida en la sentencia objeto de impugnación en esta alzada.

SEGUNDO

Dice el apelante que la obligación de pago del Sr. Humberto estaba condicionada a que existiera "ofrecimiento de venta" de la vivienda familiar por parte de su dueño, el Ayuntamiento de...

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