SAP Salamanca 289/2006, 13 de Junio de 2006

PonenteRUBEN MANUEL DE MARINO BORREGO
ECLIES:APSA:2006:421
Número de Recurso199/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución289/2006
Fecha de Resolución13 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Salamanca, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 289/06

Ilmo. Sr. Presidente

DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO

Ilmos. Sres. Magistrados

DON JAIME MARINO BORREGO

DON JESUS PEREZ SERNA

En la Ciudad de Salamanca, a trece de Junio del dos mil seis.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario número 71/05 del Juzgado de Primera Instancia de Peñaranda de Bracamonte, Rollo de Apelación Nº 199/06; han sido partes en este recurso: como demandante-apelada "TIERRA CHARRA SOCIEDAD COOPERATIVA", representada por la Procuradora Dª. Amelia Rodríguez Collado y defendida por el Letrado D. Víctor Martín y como demandado-apelante D. Bernardo, representado por el Procurador D. Angel Gómez Tabernero y defendido por el Letrado D. Francisco Martín Moreta; sobre Reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. - El día 25 de Enero de 2.006 se dictó sentencia por el Sr. Juez de Primera Instancia de Peñaranda de Bracamonte que contiene el siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta en nombre y representación de "Tierra Charra, Sociedad Coop", frente a don Bernardo y debo condenar y condeno al demandado a abonar a la demandante la cantidad de 25.310,00 euros, más los intereses legales devengados desde la presentación de la demanda. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

  2. - Contra referida sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandada, haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones y terminó suplicando se dicte sentencia por la que en base a los motivos expuestos en su escrito de apelación, proceda a la revocación de la Sentencia dictada en las presente actuaciones, desestimando la demanda por estimación de la petición principal de la excepción procesal de falta de legitimación activa de la entidad demandante o subsidiariamente y en cuanto al fondo del asunto revoque igualmente dicha resolución con desestimación de la demanda, por acreditación de pagos superiores a los reclamados en la misma, y todo ello con la imposición de las costas de esta instancia a la entidad demandante y apelada; dado traslado a la parte demandante de la interposición del recurso, por ésta se opuso al mismo haciendo las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus intereses para terminar suplicando se dicte sentencia por la que, desestimando el recurso de apelación formulado por la representación procesal de D. Bernardo, se confirme la sentencia de instancia en todos sus extremos con imposición de las costas procesales causadas en la alzada a la parte recurrente.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo, señalándose para la votación y fallo del recurso el día 25 de Mayo de 2.006, y pasando los autos al Ilmo. Sr. Magistrado-Ponente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON JAIME MARINO BORREGO.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la representación procesal del demandado en este procedimiento D. Bernardo ; se recurre en apelación la sentencia de instancia, con amparo en un triple motivo que bajo los enunciados siguientes, se circunscribe a denunciar: I.- Error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba; II.- Infracción de normas del ordenamiento jurídico aplicables al caso y doctrina del T.S., y III.- Falta de motivación y congruencia de la sentencia recurrida. Aduciendo con arreglo a tales epígrafes, los argumentos que para sustentarlo, estima oportuno, y fin de concluir con la súplica de que en base a todo ello se revoque la meritada sentencia, por estimación de la petición principal relativa a la excepción de falta de legitimación activa de la entidad demandante, o subsidiariamente, en cuanto al fondo, se revoque igualmente dicha resolución con desestimación de la demanda, por acreditación de pagos superiores a los reclamados en la misma, "con la imposición de...

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