SAP Barcelona, 14 de Junio de 2000

PonenteANTONIO LOPEZ-CARRASCO MORALES
ECLIES:APB:2000:7748
Número de Recurso73/2000
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución14 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON

D. ANTONIO LÓPEZ CARRASCO MORALES

Dª. MIREIA SALVA CORTÉS

En la ciudad de Barcelona, a catorce de Junio de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimosegunda de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de. Juicio Menor Cuantía, número 51/99 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Barcelona , a instancia de SOCIEDAD URBANA DE EXPLOTACIÓN DE PARKINGS; Agrupación de interés económico (SUEP; A.I.E.) representados por el Procurador D. Manuel Gramunt de Moragas y dirigidos por el Letrado D. Francisco Javier Castellet Grau, contra DIRECCION000 , representados por el Procurador D. Pedro Calvo Nogues, y dirigidos por la Letrada Dª. Mª. Cruz Jimenez Rodrigo; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de Noviembre 1.999 , por la Sra. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Don Manuel Gramunt Moragas, en nombre y representación de SOCIEDAD URBANA DE EXPLOTACIÓN DE PARKINGS AGRUPACIÓN DE INTERÉS ECONÓMICO contra DIRECCION000 de Barcelona), debo condenar y condeno al demandado a pagar al demandante la cantidad de doce millones novecientas treinta mil pesetas (12.930.000 PTS), más los intereses legales que correspondan, desde la interpelación judicial, que se fijarán en ejecución de sentencia, y al pago de las costas del juicio".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte demandada y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento delas partes, y comparecidas las mismas, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día VEINTICUATRO DE MAYO DE DOS MIL, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO LÓPEZ CARRASCO MORALES.

Se admiten los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No cabe confundir los derechos ejercitados por la actora Sociedad Urbana de Explotación de Parking, Agrupación de interés económico, con los derivados de la DIRECCION000 , a efectos de posible compensación ya que ni subjetiva ni objetivamente son equiparables por cuanto cada uno tiene causa de pedir distinta y obliga a personas diferentes, de manera que no concurren los requisitos del art. 1.195 y 1.196 del Código Civil , y ello en base a que:

  1. La escritura social de la parte actora lleva fecha 14 de Julio del año 1.994 por la que se constituyó en persona jurídica al amparo de la ley 12/1991 de 29 de Abril , una vez que se inscribió en Registro Mercantil el...

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