SAP Málaga 40/2007, 26 de Enero de 2007

PonenteJOAQUIN IGNACIO DELGADO BAENA
ECLIES:APMA:2007:38
Número de Recurso883/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución40/2007
Fecha de Resolución26 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

S E N T E N C I A Nº 40/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA

SECCIÓN CUARTA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D. JOAQUIN DELGADO BAENA

D. MELCHOR HERNANDEZ CALVO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE MARBELLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 883/2006

JUICIO Nº 202/2000

En la Ciudad de Málaga a veintiséis de enero de dos mil siete.

Visto, por la SECCIÓN CUARTA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Jesús Manuel que en la instancia fuera parte demandante. Son partes recurridas Emilio y "ESTUDIO LAS NACIONES, S.L."; TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, que está defendido por el Letrado de LA SEGURIDAD SOCIAL LETRADO DE LA ADMON.; y MADROÑAL SA en situación procesal de rebeldía, que en la instancia han litigado como partes demandadas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 26 de Febrero de 2003, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando las excepciones alegadas por la representación de la Tesorería General de la Seguridad Social y entrando a conocer el fondo del asunto, debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Macarena Bonet Teixeira, en nombre y representación de Don Jesús Manuel, y en su consecuencia absolver a los demandados Madroñal, S.A., Don Emilio, Estudio Las Naciones S.L. y Tesorería General de la Seguridad Social de todos los pedimentos contenidos en el escrito de demanda, y todo ello con expresa condena en costas a la parte actora.".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 25 de Enero de 2007 quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de D. Jesús Manuel, se presentó recurso de apelación, se alega en primer lugar que la desestimación de la demanda se produce por no acompañarse con la misma certificación registral relativa a la finca del recurrente, considerando que dicho defecto fue subsanado. Y al haberse aportado el citado documento con anterioridad al emplazamiento y contestación a la demanda por parte de los demandados, no se ha producido indefensión a los mismos. Solicitando que se revoque la resolución recurrida y se ordene al Juzgado de Primera Instancia dictar sentencia por el fondo de la cuestión litigiosa, y, subsidiariamente, estimando íntegramente la demanda, con imposición de costas a la parte contraria.

Por el Letrado representante de la Tesorería General de la Seguridad Social, se presentó escrito de oposición al recurso planteado de contrario, y a su vez, formuló impugnación de la resolución alegando que concurren las excepciones procesales de falta de agotamiento de la vía previa administrativa y falta de personalidad del demandado, por no tener el carácter o representación con que se le demanda.

Por la representación procesal de D. Emilio y otros, se presentó escrito de oposición, al primer recurso de apelación planteado, impugnando las alegaciones realizadas de contrario y, solicitando la confirmación de la resolución recurrida por considerar que la misma es ajustada a derecho.

SEGUNDO

Una vez analizadas las alegaciones del primer recurrente, con carácter previo habrá que tener en cuenta los siguientes hechos:

Por la parte actora, hoy recurrente, se presentó demanda de juicio de menor cuantía sobre doble inmatriculación de fincas y otros extremos solicitando en el suplico, que se declarase el pleno dominio de D. Jesús Manuel, sobre la parcela nº NUM000 de la Ub. El Madroñal; que se declare la inexistencia de derecho real alguno sobre la citada parcela por parte de los codemandados D. Emilio y Estudio Las Naciones SL; que se declare la nulidad del folio real correspondiente a la finca registral nº NUM001, Registro de la Propiedad de Marbella Nº NUM002, Libro NUM003, Tomo NUM004, folo NUM005, decretando y ordenando su cancelación; Se condene a D. Emilio a Estudio Las Naciones S.L. a desalojar la...

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