SAP Albacete 41/2002, 12 de Marzo de 2002

PonenteJOSE GARCIA BLEDA
ECLIES:APAB:2002:218
Número de Recurso15/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución41/2002
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 41

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Ilmos Sres.

Presidente

D. Eduardo Salinas Verdeguer

Magistrados

D. Francisco Espinosa Serrano

D. José García Bleda

En Albacete a doce de marzo de dos mil dos.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos n° 2/01 de juicio de menor cuantía seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia n° 4 de Albacete y promovidos por Baltasar contra Angel Ramón Azaña- Sanz Vera, S.L. cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 11 de octubre de 2.001 por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpuso el referido demandante, representado por medio de la Procuradora Dª. Justa Mª Victoria Elbal Muñoz, bajo la dirección de la Letrado Dª. Carmen García Vallet, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, habiéndose presentado escrito de oposición al recurso de apelación por la parte demandada representada por el Procurador D. Manuel Serna Espinosa, bajo la dirección del Letrado D. Alonso Sánchez-Muliterno García. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 28 de enero de 2.002.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

  1. - Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Baltasar contra ANGEL RAMON AZAÑA SANZ VERA SL, debo absolver y absuelvo a dicha entidad de las pretensiones de aquél contenidas en su demanda, con imposición de las costas procesales a D. Baltasar .- Notifíquese a las partes dando cumplimiento al art. 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y déjese testimonio en autos.- Así, por esta mi sentencia, lopronuncio, mando y firmo.".

  2. - Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por la representación del demandante, en base a las alegaciones que constan en el escrito de formalización de dicha apelación, y emplazada la parte demandada, por la misma se presentó en tiempo y forma el correspondiente escrito de oposición al recurso de apelación ante el Juzgado de Instancia, elevándose los autos originales a esta audiencia para su resolución.

  3. - En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia en esta instancia por el volumen de trabajo del Iltmo. Sr. Magistrado Ponente.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. José García Bleda.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de Baltasar , apelante en esta alzada, solicita revocación de la sentencia dictada en primera instancia y que se dicte otra estimatoria de la demanda.

SEGUNDO

En los presentes autos de juicio ordinario de menor cuantía el actor ejercitaba acción de nulidad del art. 1.300 del Código Civil al entender nulo el contrato de compraventa de vehículo marca Opel modelo Corsa matrícula OS-....-W que el día 10 de mayo de 2.000 adquirió por el precio de 1.025.000 pts a la mercantil Angel Ramón Azaña-Sanz Vera S.L. ya que la mercantil referida habría actuado dolosamente al ocultarle la real antigüedad del vehículo, toda vez que el mismo había sido rematriculado y su matrícula actual no representaba la edad del vehículo comprado ya que de conocer tal circunstancia su valor no superaría la mitad de lo pagado y por tanto el consentimiento prestado sería nulo por estar viciado.

TERCERO

Para la adecuada resolución del presente recurso se precisa fijar los siguientes extremos: 1) Solo constan las condiciones específicas pactadas entre las...

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