SAP Málaga 75/2003, 6 de Febrero de 2003
Ponente | MARIANO FERNANDEZ BALLESTA |
ECLI | ES:APMA:2003:466 |
Número de Recurso | 851/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 75/2003 |
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª |
SENTENCIA N° 75
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
Sección 5ª
PRESIDENTE ILMO. SR.
D. WENCESLAO DIEZ ARGAL
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. HIPOLITO HERNÁNDEZ BAREA
D. MARIANO FERNÁNDEZ BALLESTA
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. DE 1ª INSTANCIA. 6 DE MÁLAGA
ROLLO DE APELACIÓN N° 851/2001
JUICIO N° 1453/2000
En la Ciudad de Málaga a seis de febrero de dos mil tres.
Visto, por la Sección 5ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Divorcio, seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso D. Armando que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador Sr. Carrión Pastor. Es parte recurrida Dª. Lidia y M. FISCAL, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 19/Abril/01, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio contraído entre DON Armando Y Dª. Lidia , con los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento, continuando las medidas acordadas en la sentencia de separación
No es procedente la expresa imposición de costas a ninguna de las partes.
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado a ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 6/Febrero/03 quedando visto para sentencia.TERCERO: En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado MARIANO FERNÁNDEZ BALLESTA quien expresa el parecer del Tribunal.
La parte demandada impugna la sentencia de instancia en lo referente a las medidas consecuentes al divorcio relativas al uso del que fuese domicilio conyugal, al régimen de comunicación con su padre de la hija común y al importe de la pensión acordada para levantamiento de cargas familiares.
Sobre al primer punto de su recurso expone que ya en la demanda de separación la esposa manifestó su deseo de que el uso del domicilio conyugal se confiriese a su marido por disponer ella de otro adecuado para vivir con la hija de ambos, a pesar de lo cual, el Juzgado dispuso lo contrario. Y que de hecho su esposa lleva años viviendo fuera del domicilio conyugal
La esposa no ha contestado al recurso. Debe prosperar sobre este punto la pretensión del apelante a la vista, no sólo de la falta de oposición de la demandante, sino sobre todo de la comprobación, por medio de copia aportada a los autos, de la...
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